Jueves 25 de Abril de 2024 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
 
 
Economía
AFIP refuerza controles sobre las grandes empresas para limitar la fuga de capitales
Dispuso medidas de fiscalización en materia de transacciones internacionales entre empresas de un mismo grupo económico. En la Argentina la pérdida de ingresos fiscales como consecuencia de las técnicas de planificación fiscal nociva asciende hasta el 4,4% del PBI.
La AFIP decidió aumentar los controles sobre las grandes empresas abocadas al comercio exterior, para fiscalizar las transacciones internacionales entre empresas de un mismo grupo económico, y corroborar la correcta determinación de los precios de transferencia, y por ende los márgenes de ganancias que devienen de esas transacciones, para limitar la evasión y la fuga de capitales.

La resolución general N°4717/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial sobre precios de transferencia precisó y definió la información que deben presentar todas las compañías multinacionales sobre las operaciones de comercio exterior entre empresas un mismo grupo económico a los fines de la determinación del impuesto a las Ganancias. La decisión que comprende también a las transacciones "con sujetos de países no cooperantes o de baja o nula tribulación".

Esta operatoria, según la AFIP, esta operatoria está pendiente de reglamentación desde finales de 2018 y, según lo dispuesto, la regulación de precios de transferencia permitirá "limitar algunos instrumentos utilizados para la evasión de impuestos y, en el caso de la Argentina, la fuga de capitales".

El texto oficial explica que se aplicarán mecanismos para analizar la "deductibilidad de gastos de las empresas en concepto de marketing, publicidad y promoción", con el objetivo de "limitar los posibles abusos" con esas operaciones.

Vale repasar que en el comercio exterior se detectan maniobra en las que las empresas intervinientes manipulan los precios de venta entre empresas vinculadas para generar márgenes de ganancias artificiales. Según estimaciones realizadas investigadores de la United Nations University World Institute for Development Economics Research (UNU-WIDER), en la Argentina la pérdida de ingresos fiscales como consecuencia de las técnicas de planificación fiscal nociva utilizadas por las grandes corporaciones asciende hasta el 4,4% del PBI. Tal es la problemática, que Zambia, Guyana, Chad, Malta, Pakistán, Islas Comoras y Guinea son los únicos países del mundo donde el fenómeno alcanza o supera a la medida argentina.

Además, la AFIP comparará el nivel de gasto de marketing, publicidad y promoción de la subsidiaria local de una multinacional, para compararlo con "otras empresas del mismo sector, para poder analizar si el excedente deberá ser considerado como una contribución a la cadena de valor del intangible".

"Una práctica habitual en algunos grupos económicos es la de localizar contractualmente un principal en una jurisdicción conveniente, y remunerar la investigación y desarrollo realizada en países como Argentina en base a gastos en salarios más un margen", evaluó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.

Por medio de la resolución general, también se modificaron quiénes son los "sujetos obligados a presentar el Estudio de Precios de Transferencia", para incluir a aquellos cuyas operaciones efectuadas con vinculadas en un ejercicio fiscal resulten iguales o superiores a los 30 millones de pesos.

Esos sujetos tendrán que presentar los informes cuando realicen operaciones con sujetos localizados en jurisdicciones no cooperantes o de nula o baja tributación.

La AFIP puntualizó, asimismo, que la normativa requiere a los grupos económicos con ingresos anuales superiores a los 2 mil millones de pesos a presentar "Informes Maestros", con información sobre planificación estratégica del grupo económico en su conjunto.

"No se trata de información estadística sino una narrativa que presenta la totalidad de las operaciones de cada grupo económico", indicó el ente recaudador.



Fuente: Ambito


Sábado, 16 de mayo de 2020
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER