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Monotributo
Monotributistas: así quedarán las nuevas escalas según el flamante proyecto
Estas escalas no han sido actualizadas desde 2013, lo que generó complicaciones en contribuyentes por la inflación
El proyecto de reforma del Impuesto a las Ganancias acordado con la conducción de la Conferación General del Trabajo (CGT) y con el visto bueno de los Gobernadores será aprobado por diputados y senadores; y por ende, convertido en ley antes de fin de año.

Como primer gran cambio la iniciativa establece el cambio de nombre del tributo. A partir de 2017 pasaría a llamarse Impuesto a los Altos Ingresos, dejando atrás la palabra Ganancias.

Respecto al aspecto que más interesa a los trabajadores, el proyecto consensuado eleva el piso a partir del cual se paga el impuesto a $27.941 brutos mensuales para solteros, lo que supone un sueldo de bolsillo de casi 23.200 pesos.

En tanto, un casado con dos hijos pagará Ganancias desde los $37.000 de salario bruto, o $30.700 de bolsillo.

Asimismo, las horas extras pagarán Ganancias, pero el trabajador no saltará de categoría por trabajar más horas. Mientras que los ingresos por feriados y días no laborables quedarán eximidos del impuesto.

Un punto no menor refiere al aguinaldo. Quedará exento sobre una base de $37.000 brutos de sueldo (es decir, un medio aguinaldo de algo más de $15.000 en mano) para trabajadores en pareja y con dos hijos y de $27.941 (brutos) para quienes no descuenten por cónyuge ni hijos.

El impuesto pasará a calcularse por 13 meses, y quienes queden alcanzados, el descuento se prorrateara a lo largo de los 12 meses (para que no tenga un impacto tan alto en los meses en los que cobran el aguinaldo).

A su vez, el proyecto establece que los viáticos se incluyen entre las deducciones al 40% (con un tope de $2000 mensuales).

Un aspecto relevante refiere a los alquileres. Podrán deducirse hasta el 40% con un tope de $4000 mensuales. Así quien pague un alquiler de $6000, por ejemplo, podría deducir $2400 por mes; pero el que pague un alquiler de $15.000, podrá deducir $4000 y no los $6000 que serían el 40 por ciento.

En tanto, las escalas son algo más chatas que las que contempló el oficialismo en su proyecto original y replicó la oposición en el que obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados. De todos modos, el aumento de las escalas va desde un 167% a un 300 por ciento.

Un tema de vital importancia refiere a la implementación de un mecanismo de actualización automática. El mínimo no imponible, las deducciones y las escalas se actualizarán cada año en base al índice de salarios oficial RIPTE.

Esto reducirá la cantidad de trabajadores que se incorporarán al tributo ante cada paritaria. Según la CGT, este acuerdo implica que 400.000 trabajadores dejarán de pagar Ganancias.

En relación a los jubilados, los abuelos estarán exentos de Ganancias por el equivalente de hasta cinco jubilaciones mínimas (alrededor de $30.000 brutos). Unos 140.000 jubilados que hoy tributan quedarán eximidos.

El proyecto de la oposición contemplaba que sólo los jubilados de privilegio queden alcanzados por el tributo.

A su vez, para la zona patagónica, el mínimo no imponible y las deducciones, tienen en el proyecto un incremento del 22 por ciento.

Asimismo, la iniciativa grava el juego (máquinas tragamonedas y apuestas) para recaudar aproximadamente $7 mil millones.

Además, habrá un impuesto del 15% al dólar futuro especulativo por única vez, pero no se gravará la renta financiera ni la actividad minera.

Otra novedad que introduce el proyecto, y que la oposición había planteado en el texto aprobado en Diputados, es que pagarán Ganancias los jueces designados a partir de 2017.

Monotributo
Por último, la intención respecto al Monotributo es establecer un esquema de actualización en torno al 75%, lo que representaría llevar la categoría máxima de $600.000 a 1.050.000 pesos.

En la medida en que no se superen los parámetros máximos de superficie afectada a la actividad y de energía eléctrica consumida anual, así como de los alquileres devengados, los contribuyentes con ingresos brutos de $1.050.000 anuales podrán permanecer adheridos, siempre que dichos ingresos provengan exclusivamente de venta de bienes muebles.

En tal situación se encuadrarán en la categoría que les corresponda de acuerdo con la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia que posean y siempre que los ingresos brutos no superen los montos que, para cada caso, se establecen.

Fuente: Iprofesional
Miércoles 21 de diciembre de 2016. Resistencia, Chaco.


Miércoles, 21 de diciembre de 2016
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