Impuestos
Registro MiPymes: vence hoy el plazo para descontar el Impuesto a las Ganancias
El Registro Pyme cuenta con más de 230 mil pequeñas y medianas empresas registradas que ya acceden a los beneficios vigentes de la Ley Pyme
La Secretaría de Emprendedores y Pymes informa que vence hoy el plazo para que las Pymes puedan descontar del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de sus inversiones.
Las personas físicas y las personas jurídicas con cierre de ejercicio entre julio y noviembre de 2016 podrán acceder al beneficio hasta el 31 de mayo de 2017. Por su parte, las personas jurídicas que cerraron su ejercicio en el mes de diciembre de 2016, tendrán tiempo hasta hoy.
El beneficio aplica para las inversiones productivas realizadas entre el 1ero de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2018.
“La gran mayoría de las Pymes en la Argentina cerró su ejercicio el 31 de diciembre y se encuentra en condiciones de acceder al régimen de fomento a las inversiones.
Las empresas pueden computar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% del monto de la inversión en bienes de capital y obras de infraestructura; y en la medida que permanezca el crédito de esas inversiones como saldo a favor en la Declaración Jurada de IVA, pueden recibir un bono de crédito fiscal para descontar contra deudas impositivas y aduaneras.
Para acceder, las Pymes deben estar inscriptas en el Registro Pyme (www.afip.gob.ar/pymes) y tener habilitada la plataforma Trámites a Distancia (www.tramitesadistancia.gob.ar).
El Registro Pyme cuenta con más de 230 mil pequeñas y medianas empresas registradas que ya acceden a los beneficios vigentes de la Ley Pyme que eliminó impuestos, aumentó las posibilidades de financiamiento y simplificó la vida de las empresas para ayudarlas a generar más y mejor empleo.
Régimen de fomento para Pymes
1 - ¿Qué proceso debo realizar para inscribirme como Pyme?
1) Se debe ingresar a AFIP con CUIT y clave fiscal y habilitar desde “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” el servicio F.1272 “PYMES Solicitud de Categorización y/o beneficios” y el servicio de “Trámites a Distancia”.
2) Completar el F.1272 “PYMES Solicitud de Categorización y/o beneficios” con los datos requeridos.
3) Recibirá un mail informando el resultado de la categorización, una notificación a e-ventanilla y deberá descargar el certificado desde “Trámites a Distancia” en la sección de “Mis Notificaciones” o mediante la página web.
Fuente:Iprofesional
Lunes, 15 de mayo de 2017