Impuestos Monotributistas: mientras apuran el cambio de facturas, vence hoy la recategorización cuatrimestral Vence el plazo para cancelar el pago mensual y la recategorización cuatrimestral, que se realiza bajo pautas renovadas. En paralelo, la AFIP estableció cambios en el régimen de emisión de facturas de los monotributistas que comenzarán a regir a fin Hoy , lunes 22, vence el plazo para cancelar el pago mensual y la recategorización cuatrimestral, bajo nuevas pautas.
A partir de este mes, los monotributistas que están en las categorías D y E deberán cumplir con su aporte mensual a través de alguna modalidad de pago electrónica.
Igual exigencia regirá a partir de noviembre próximo para quienes menos facturan entre los registrados en el régimen simplificado de pequeños contribuyentes (los de las categorías A, B y C). Los de más altos ingresos, en tanto, ya están obligados, algunos desde fines de 2016 y otros desde abril pasado.
La medida, tendiente a la bancarización de los contribuyentes, admite como válidas las siguientes formas:1)- el débito automático desde una cuenta bancaria , 2)- mediante el uso de una tarjeta de crédito, 3)- la transferencia electrónica de fondos y 4)- el débito en cuenta utilizando el cajero automático.
Es posible abrir una caja de ahorro fiscal gratuita en el Banco Nación para hacer estos pagos. También se puede entregar un cheque, siempre que sea del monotributista y no de un tercero.
A esto se le suma la segunda recategorización de monotributistas de este año. El trámite vence el lunes 22 y sólo deberán hacerlo quienes tengan que cambiar de escalón dentro de las escalas del Monotributo.
Se trata de los contribuyentes que en los últimos doce meses hayan tenido una facturación, un consumo de energía eléctrica o un monto de alquileres devengados de una magnitud tal que los obligue a salir de la categoría en la que están e ir a otra.
Luego, en septiembre habrá un trámite de recategorización que será obligatorio para todos los registrados. Es decir que, en caso de haberse modificado la facturación o alguno de los otros parámetros, deberán hacer el cambio correspondiente. Y si no, deberán ratificar la categoría en la que ya están.
En tanto, las categorías F y G, a partir del 1 de junio próximo, deberán usar facturas electrónicas, algo que ya rige para quienes más facturan. Esta exigencia no corresponde, si se hacen operaciones con consumidores finales.
Hoy, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización correspondiente al primer cuatrimestre del 2017.
Fuente:Iprofesional
Lunes, 22 de mayo de 2017
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