Impuestos La AFIP lanza un sitio especial para monotributistas La AFIP presentará esta tarde nuevas herramientas para agilizar las liquidaciones y los trámites de los monotributistas.
El organismo recaudador que encabeza Alberto Abad lanzará un sitio exclusivo para el Monotributo (ahora los contribuyentes inscriptos utilizan el de la AFIP) y también una aplicación para utilizar desde el celular a futuro.
El lanzamiento de las modificaciones operativas para el régimen simplificado será esta tarde a las 15.30 y Abad estará acompañado del ministro de Modernización, Andres Ibarra.
En poco tiempo, todos los monotributistas deberán pagar por medios electrónicos. A fin de mes vence el plazo para recategorizarse según las nuevas escalas.
El monotributo viene con muchas novedades y cambios que involucran a 3 millones de contribuyentes, incluyendo a los que, al mismo tiempo, trabajan en relación de dependencia.
Una primera novedad es que el 31 de mayo vence el plazo para reingresar a este régimen simplificado por parte de los que quedaron excluidos por superar los topes u otros requisitos. En la mayoría de los casos, el problema es la falta de actualización de los montos que toma en cuenta la AFIP para determinar la categoría del contribuyente.
Así, los que quedaron excluidos de pleno derecho del régimen simplificado para pequeños contribuyentes, por aplicación de los parámetros anteriores, durante los 12 meses inmediatos anteriores a sanción de la ley, pueden volver a adherir al monotributo por única vez hasta el próximo 31 de mayo, sin tener que aguardar el plazo previsto de 3 años contemplados en este régimen.
“que todos aquellos sujetos que hubieran sido excluidos por el Fisco durante el año 2016, o incluso se hubieran autoexcluido, podrán hasta fin de mes reingresar al régimen, siempre y cuando se mantengan las condiciones previstas en la ley”. Y agrega que “esta situación de excepción perjudica a los monotributistas que hubieran sido excluidos con anterioridad al 1 de enero de 2016, ya que los mismos deberán dejar pasar 3 años calendario para estar habilitados a volver al monotributo”.
Esa limitación impuesta no rige para los casos en que el contribuyente hubiera solicitado la baja del régimen por cese de actividad. En este caso podrá reingresar en cualquier momento, siempre que se cumplan todos los requisitos para su adhesión.
Fuente:Iprofesional
Miércoles, 31 de mayo de 2017
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