Impuestos Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta: la AFIP deroga el régimen de anticipos  La flamante norma viene a complementar la instrucción 2/2017, que es el acta de defunción del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
AFIP decidió derogar el régimen de anticipos en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
Así lo establece la resolución general 4083 publicada este viernes en el Boletín Oficial. La flamante norma viene a complementar la instrucción 2/2017, que es el acta de defunción del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
A través de la norma interna, el organismo a cargo de Alberto Abad decidió desistir de los juicios iniciados a las empresas en relación a Ganancia Mínima Presunta.
Por lo tanto, el fisco establece que en los casos en que se pruebe la existencia de pérdidas en los balances contables de un período determinado y que a su vez se registren quebrantos en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal en cuestión, se considerará que no existe renta presunta.
A través de la instrucción, el fisco nacional instruye a los agentes fiscales para que en las causas que se estén tramitando ante la justicia, se allanen o desistan de la acción.
Asimismo, el Estado deberá reintegrar a los contribuyentes las sumas ingresadas para lo cual se deberá iniciar una acción de repetición.
En tanto, los contribuyentes no deberían ingresar el impuesto por el período fiscal 2016 cuando registren pérdidas contables y del balance fiscal de dicho período.
En lo que refiere a los anticipos del 2017 que comienzan a vencer en junio próximo, las empresas deberían no ingresarlos previa presentación de una nota ante la AFIP.
Fuente:Iprofesional
Viernes, 30 de junio de 2017
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