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Jueves 17 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
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Impuestos
Monotributo: cómo solucionar el "desvío" más común que informa la AFIP

Frente a la notificación masiva de desvíos por parte de la AFIP, no son pocos los contadores que asesoran a monotributistas que comenzaron a solicitar facturas con CAI para sus clientes

Fente a la notificación masiva de desvíos por parte de la AFIP, no son pocos los contadores que asesoran a monotributistas que comenzaron a solicitar facturas con CAI para sus clientes.

Desde el Blog Contadores en Red explican los pasos a seguir para no morir en el intento. Puntualmente, el problema está en que se está informando mal el punto de venta de respaldo.

A continuación, los pasos a seguir:
1 Ingreso al servicio de AFIP “Autorización de Impresión de Comprobantes”.

2 Selecciono contribuyente y hago clic en “Solicitud de CAI”

3 Elijo la opción “Selección Manual”.

4 Se aparece un cartel en pantalla que pregunta “¿Los comprobantes son de resguardo?, indico que “SI”

5 El Sistema pide que informe “Punto de Venta” allí se informa el punto de venta de las facturas manuales.

6 Indico, “Tipo de comprobante” y “Cantidad” (al ser de resguardo con pedir el mínimo de 50 comprobantes suele ser suficiente).

7 El sistema pide que informe “Punto de Venta de Resguardo”, aquí se debe informar el punto de venta de las facturas electrónicas que se estarán resguardando.

8 Ingreso el punto de venta de resguardo y hago clic en “agregar” y luego en guardar.

9 Si es necesario puedo agregar “Autorizados” para realizar el trámite en la imprenta.

Otro error se da cuando se posee solicitudes pendientes para el punto de venta y tipo de comprobante.

Este error se produce cuando, el contribuyente hizo pedidos anteriores de facturas con CAI, pero nunca cumplió con el artículo 29 de la resolución general 100: “La información a suministrar, según el sujeto que se trate, deberá ajustarse a los plazos y condiciones que seguidamente se detallan:
a) Contribuyentes: deberán informar los comprobantes recibidos de la imprenta. De no cumplirse con el presente régimen de información, el contribuyente no podrá solicitar un nuevo “Código de Autorización de Impresión (CAI)”.

El plazo para cumplir con el ingreso de la citada información será hasta el día hábil inmediato siguiente al de recibidos los comprobantes. En caso de efectuar una nueva solicitud, previo a que se cumpla ese plazo, deberá primero ingresar la información de recepción de la solicitud anterior.”

La solución es hacer la recepción de los comprobantes:

1 Ingreso al servicio de AFIP “Autorización de Impresión de Comprobantes”

2 Selecciono contribuyente y hago clic en “Recepción de CAI”

3 Pongo el tilde en el casillero que se encuentra debajo de la columna que dice “recibido” y doy clic en “Confirmar”

4 El sistema emite una constancia de recepción.

Monotributo
En tanto, eñ viernes 1 de septiembre arrancó la recategorización obligatoria por la que deberán pasar todos los inscriptos en el Monotributo, según dispuso la AFIP.

El trámite es online -puede realizarse desde la monotributo.afip.gob.ar" target="_blank">plataforma web que la AFIP diseñó exclusivamente para los inscriptos al régimen simplificado o desde la aplicación para celulares que lanzó el organismo fiscal.

Quienes deban recategorizarse en el Monotributo por haber excedido los límites de facturación tienen tiempo hasta el 20 de septiembre. Pero es un trámite obligatorio: quienes deban reconfirmar su categoría actual dentro del régimen simplificado deberán hacerlo, de manera escalonada, entre el 20 de ese mes (los de las categorías más altas) y el 20 de diciembre (la categoría A).
Fuente:Iprofesional


Lunes, 4 de septiembre de 2017
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