Lunes 12 de Mayo de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
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Producción energética
En el acumulado anual de 2017 el total de energía autogenerada aumentó 1,4%

El presente informe de coyuntura surge en virtud de la creciente importancia que tiene la autogeneración y cogeneración de electricidad en la actividad productiva del país.


Se trata de un relevamiento realizado a un conjunto de empresas, seleccionadas por su importancia relativa en el sector manufacturero e indica la cantidad de energía eléctrica autogenerada y cogenerada total, despachada al MEM y para autoconsumo.

En el mes de diciembre del año 2017, el total de energía autogenerada disminuyó 2,9%, como consecuencia de que la energía despachada al Mercado eléctrico mayorista (MEM) observó una suba de 44,9% y la destinada para autoconsumo verificó un descenso de 4,6%, en comparación con el mismo mes del año anterior.

En el acumulado anual de 2017, el total de energía autogenerada aumentó 1,4%, como consecuencia de que la energía despachada al MEM registró un alza de 13,7% y la destinada para autoconsumo observó un incremento de 0,8%, en comparación con igual período del año anterior.

En el mes de diciembre del año 2017, la energía cogenerada total observó un descenso de 18,0%, como consecuencia de que la despachada al MEM mostró una caída de 31,3% y la destinada para autoconsumo verificó un alza de 21,3%, en comparación con el mismo mes del año anterior.

En el acumulado de 2017, el total de energía cogenerada observó una suba de 1,2%, como consecuencia de que la despachada al MEM mostró un descenso de 3,4% y la destinada para el autoconsumo verificó un alza de 17,6%, en comparación con igual período del año anterior.

El Indec explicó que el autogenerador produce energía eléctrica para atender, primariamente, sus propias necesidades; mientras, en el caso del cogenerador, la producción energética se desarrolla conjuntamente con la actividad productiva principal y puede ser destinada al consumo propio o de terceros.

Según la Resolución de la Secretaría de Energía SE 206/1994 del 2 de julio de 1994, Boletín Oficial N° 27960, la definición de autogeneradores y cogeneradores es: “Tener una potencia instalada de generación eléctrica igual o mayor a un (1) MW y en el caso de los autogeneradores contar con una disponibilidad que represente una capacidad propia de generación que cubra como mínimo el cincuenta por ciento de su demanda de energía”.



Fuente: Indec



Miércoles, 31 de enero de 2018
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