Impositivo Monotributo: se lanzó la recategorización Los contribuyentes podrán subir o bajar de escala en la web del fisco. El organismo que comanda Ricardo Echegaray tiene abierta para las dudas y consultas una línea telefónica especial. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la resolución que duplica el tope máximo de facturación de cada categoría del monotributo y abrió la extensión para que los contribuyentes puedan recategorizarse hasta el 30 de septiembre inclusive. Lo que cambiará será el límite para su facturación anual, mientras que la cuota mensual se mantiene sin modificaciones. Todavía no hay datos de la cantidad de gente que deberá entrar en las recategorizaciones, información que según fuentes oficiales dará el titular de la AFIP, Rircardo Echegaray, en la próxima conferencia de prensa de anuncio de la recaudación mensual. El procedimiento para la recategorización se mantiene como hasta ahora, el cual está basado en el criterio de promedio móvil de facturación de los últimos 12 meses: al cabo de cada cuatrimestre, con fecha de vencimiento el 20 del mes siguiente, aquellos contribuyentes que superen o, por el contrario, estén por debajo de los parámetros de la categoría en la cual están inscriptos, pueden moverse dentro de categorías menores o mayores, según corresponda el caso. Por las modificaciones en esta ocasión la fecha fue extendida hasta el 30 de septiembre y los cambios de categoría se realizan en . Si su ubicación en la escala cambió, para formalizar la recategorización el monotributista deberá ingresar al servicio "Sistema Registral", opción "Registro Tributario", ítem "Monotributo". Luego deberá tildar en el rubro 1 la opción denominada "Recategorización" y en el rubro 2 deberá seleccionar su número de CUIT. Finalmente tendrá que presionar el botón "Generar Declaración Jurada". El sistema solicitará el ingreso de los datos necesarios para efectuar la recategorización, luego de lo cual el contribuyente deberá presionar el botón "Enviar Formulario". Para completar los detalles deberá conocer los ingresos brutos anuales que obtiene por el desarrollo de sus actividades, además de los detalles para contribuyentes más grandes como la electricidad y los alquileres. El sistema desplegará la constancia de realización del trámite y la credencial para efectuar los pagos con la nueva categoría. Si hay más dudas los contribuyentes podrán comunicarse al 0810-999-2347. «
Fuente. Tiempo Fiscal
Martes, 17 de septiembre de 2013
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