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Economía
Aguinaldo: ¿cuándo se cobra y cómo se calcula?
Con el último mes del año llega la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC). Equivale al 50% del mejor sueldo, pero hay casos en los que deben calcularse proporcionales.
Se acerca el fin de año y con él también el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. Es un salario adicional que perciben los trabajadores y que se abona en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre.

¿Cuándo se cobra el aguinaldo?

El plazo máximo permitido por la ley, según la ley 27.073, para que las empresas paguen el aguinaldo de diciembre es el día 18, aunque tienen la posibilidad de extenderse hasta 4 días hábiles más. De igual manera, en junio se paga la primera cuota el 30 de junio.

La Ley de Contrato de Trabajo establece que el aguinaldo debe ser equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada en todo concepto de cada semestre.

Lo que sucede es que hay sueldos variables, que requieren de un cálculo más complejo y es necesario esperar al cierre de mes de cobro del aguinaldo para identificar cuál es la mejor remuneración recibida por el trabajador en el semestre.

Por un lado, se puede retrasar en el caso de aquellos trabajadores que cobren sueldos mensuales variables o por jornada, ya que el empleador no tiene otra opción más que esperar a que finalicen los meses de junio y diciembre para saber si estos fueron los de mayor remuneración obtenida. En estos casos se paga la fracción faltante o el medio aguinaldo recién a principios de julio o enero, respectivamente. Por el otro, se suele adelantar en el caso de trabajadores estatales vía resolución ministerial, tal como sucedió en el año 2018.

¿Cómo se calcula el aguinaldo?

La Ley de Contrato de Trabajo establece que el aguinaldo debe ser equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada en todo concepto de cada semestre.

Para calcular el primer aguinaldo se toma en cuenta los salarios de enero a junio. El cálculo debe incluir el salario básico, las horas extras y otros plus que se hayan percibido.

En el caso de que un trabajador no haya trabajado todo el semestre completo, la fórmula que debe emplearse es: aguinaldo multiplicado por días trabajados, dividido 180 (los días del semestre).




Fuente: Ambito


Miércoles, 11 de diciembre de 2019
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