Viernes 11 de Julio de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
La pobreza infantil alcanzó en 2024 su mayor nivel desde la crisis de 2001
Inflación en el Gran Resistencia: “La suba estuvo traccionada por salud privada, comunicación y alimentos”
En Argentina, el granero del mundo, el pan de Brasil y España es más barato que el nacional
Cómo pueden ahorrar los jubilados en supermercado DÍA durante junio de 2025
Fuerte caída de la coparticipación por la baja del consumo
La SIDE libertaria: en cinco meses los gastos reservados de inteligencia aumentaron un 254%
Boom de importaciones amenaza a la industria textil: casi el 70% del consumo de ropa ya proviene del exterior
Paraguay baja y Argentina sube el precio de Ia nafta: Ia diferencia ya Ilega al 30% por litro
A la espera de la letra chica, provincias levantan la guardia ante el “super IVA” del Gobierno
ARCA determinó cambios en el régimen de emisión electrónica y concentrará los datos de todos los operadores de granos
El petróleo Brent se desploma hasta 4,6% tras el aumento de producción de la OPEP+
Más de 30 mil empleos industriales perdidos: 2 de cada 3 sub ramas, con menos trabajadores que un año atrás
Jubilaciones: el Gobierno de Milei licúa el bono, que pierde 37% en un año
El Gobierno convoca al Consejo del Salario para definir el sueldo mínimo tras la aceleración de la inflación
Con 9,5 millones de hogares con subsidios de luz, el presidente Milei acordó con el FMI reducirlos
Expectativa por la llegada del primer desembolso del FMI por u$s12.000 millones que reforzarán las reservas
 
 
Economía
El "dólar streaming": el recargo para los servicios digitales será solo del 8%
El Gobierno publicó en el Boletín Oficial de este sábado el decreto que reglamenta el impuesto del 30%, pero hace excepciones.
En un primer momento, el recargo del 30% del llamado “dólar solidario” incluía a los servicios digitales, entre ellos plataformas de streaming de uso masivo. Sin embargo, el Gobierno resolvió hacer un cambio para este apartado: rebajó el porcentaje del recargo al 8%.

El artículo 17 del decreto 99 publicado en el Boletín Oficial de esta mañana aclara: “Cuando las operaciones comprendidas en el artículo 35 de la Ley N° 27.541 constituyan servicios incluidos en el inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 39 de la norma legal indicada en primer término, será del OCHO POR CIENTO (8%)”.

El inciso mencionado es el que comprende los servicios digitales: “Se consideran servicios digitales, cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización, aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u otra red a través de la que se presten servicios equivalentes que, por su naturaleza, estén básicamente automatizados y requieran una intervención humana mínima”.




Fuente: Minuto Uno


Sábado, 28 de diciembre de 2019
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER