Jueves 24 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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Dólar sin cepo: cuánto se podrá comprar y cómo funcionará el nuevo sistema
Sin freno: el tomate y las verduras registraron muy fuertes aumentos durante marzo
El Congreso vuelve a desafiar al Gobierno: Diputados tratará el criptogate y mejoras para los jubilados
Viernes negro: se hunden el Merval y los ADRs y el riesgo país se dispara por encima de los 900 puntos básicos
Desguace de ARCA: se despide a casi 3 mil empleados a un costo de $100 millones promedio por cada uno
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El Banco Central vendió US$196 millones y perdió en seis días el 30% de lo que llevaba comprado este año
Monotributo social: el Gobierno de Milei dio de baja a más de 400.000 personas
Bancarios rompen el piso: el sueldo mínimo supera los $1,7 millones y habrá bono millonario
El Gobierno otorgó anticipo de $120.000 millones a Chaco para que cumpla con sus “compromisos más urgentes”
Inflación en el NEA: desaceleró respecto a enero y tuvo la menor suba del país
La utilización de la capacidad instalada en la industria alcanzó el 55% en enero
Donald Trump no descarta un acuerdo de libre comercio con la Argentina
El patentamiento de motos nuevas subió un 29% en febrero
 
 
Economía.
Gobierno decidió cómo se repartirá lo recaudado por el 30% de recargo al dólar.
A través del decreto 184/2020 publicado en el Boletín Oficial, se definió la distribución de lo recaudado.
El Gobierno publicó cómo distribuirá lo recaudado por el "Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)" para la compra de dólares y el turismo en el exterior.
A través del decreto 184/2020 publicado en el Boletín Oficial, se definió la forma de distribución del 30 por ciento extra en la compra de dólares.

Según lo establecido en el artículo 1 del decreto publicado, el 70 por ciento de lo recaudado será distribuido de la siguiente manera:

*Al financiamiento de Programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el sesenta por ciento (60%).
*Al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), para cubrir sus prestaciones: el cuarenta por ciento (40%).
En tanto, en el artículo 2 se estableció que el 30 por ciento restante será distribuido de la siguiente manera:
*Al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU), creado por el Decreto N° 819/19 en el marco de la Ley N° 27.453, para el financiamiento de obras de vivienda social: treinta por ciento (30%).
*A obras de infraestructura económica: el sesenta y cinco por ciento (65%).
Al fomento del turismo nacional: el cinco por ciento (5%).
El decreto lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de gabinete Santiago Cafiero y del ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas.





Fuente: Ámbito.


Jueves, 27 de febrero de 2020
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