Martes 22 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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La utilización de la capacidad instalada en la industria alcanzó el 55% en enero
Donald Trump no descarta un acuerdo de libre comercio con la Argentina
El patentamiento de motos nuevas subió un 29% en febrero
 
 
AFIP
AFIP prorrogó la presentación de precios de transferencia: cuáles son las nuevas fechas
El organismo informó que extiende hasta agosto los plazos para que las compañías multinacionales presenten los informes y formularios.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que extiende hasta agosto los plazos para que las compañías multinacionales presenten los informes y formularios donde deben demostrar la correcta determinación de los precios en las transacciones internacionales realizadas con firmas vinculadas.

La Resolución General N°4759 que busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

En mayo la AFIP reforzó sus facultades de control y fiscalización en materia de transacciones internacionales entre empresas de un mismo grupo económico a los fines de la determinación del impuesto a las Ganancias.

La normativa introdujo mecanismos novedosos para mejorar la capacidad de fiscalización de las operaciones internacionales. La resolución que será publicada en los próximos días posterga hasta agosto la presentación de los distintos formularios que están obligadas a presentar las multinacionales en el marco de los nuevos regímenes de información creados por la AFIP.

Los plazos para la presentación de los distintos formularios serán las que se detallan a continuación. Formulario 2668 y Estudios de Precios de Transferencia.

El formulario de declaración jurada F. 2668 y el Estudio de Precios de Transferencia, correspondientes a los períodos fiscales cerrados entre el 31 de diciembre de 2018 y el 30 de abril de 2020, ambas fechas inclusive, deberán presentarse -con carácter de excepción- por los contribuyentes o responsables, en las siguientes fechas:

- De diciembre de 2018 a noviembre de 2019, en agosto de 2020.
- De diciembre de 2019 a abril de 2020, en octubre de 2020.


Fuente: Ambito


Viernes, 10 de julio de 2020
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