Jueves 3 de Julio de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
La pobreza infantil alcanzó en 2024 su mayor nivel desde la crisis de 2001
Inflación en el Gran Resistencia: “La suba estuvo traccionada por salud privada, comunicación y alimentos”
En Argentina, el granero del mundo, el pan de Brasil y España es más barato que el nacional
Cómo pueden ahorrar los jubilados en supermercado DÍA durante junio de 2025
Fuerte caída de la coparticipación por la baja del consumo
La SIDE libertaria: en cinco meses los gastos reservados de inteligencia aumentaron un 254%
Boom de importaciones amenaza a la industria textil: casi el 70% del consumo de ropa ya proviene del exterior
Paraguay baja y Argentina sube el precio de Ia nafta: Ia diferencia ya Ilega al 30% por litro
A la espera de la letra chica, provincias levantan la guardia ante el “super IVA” del Gobierno
ARCA determinó cambios en el régimen de emisión electrónica y concentrará los datos de todos los operadores de granos
El petróleo Brent se desploma hasta 4,6% tras el aumento de producción de la OPEP+
Más de 30 mil empleos industriales perdidos: 2 de cada 3 sub ramas, con menos trabajadores que un año atrás
Jubilaciones: el Gobierno de Milei licúa el bono, que pierde 37% en un año
El Gobierno convoca al Consejo del Salario para definir el sueldo mínimo tras la aceleración de la inflación
Con 9,5 millones de hogares con subsidios de luz, el presidente Milei acordó con el FMI reducirlos
Expectativa por la llegada del primer desembolso del FMI por u$s12.000 millones que reforzarán las reservas
 
 
AFIP
AFIP adelanta el vencimiento de obligaciones impositivas de febrero
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió adelantar al 23 y 24 de febrero el vencimiento para el cumplimiento de la determinación e ingreso de ciertas obligaciones impositivas, que originalmente estaba fijado para 27 y 28 de este mes, a través de la resolución general 5323/23, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La AFIP explicó que esta adecuación responde a razones de administración tributaria.

De esta manera, los vencimientos pautados para el mes serán para los CUIT terminados en 6 y 7 el 23; y para los finalizados en 8 y 9, el 24.

Esto rige para la presentación de la declaración jurada del impuesto al valor agregado (IVA) del régimen general y el ingreso del saldo resultante correspondientes al período fiscal enero de 2023, al igual que para Libro IVA Digital.

También para el ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del IVA para micro y pequeñas empresas del período fiscal noviembre de 2022 y presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2023.

Lo mismo para la presentación de la declaración jurada del IVA para la actividad agropecuaria del período fiscal enero de 2023 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre el mismo mes.

Asimismo, se establece, con carácter de excepción, el 24 de febrero como fecha de vencimiento para la determinación o ingreso de otras obligaciones tributarias originalmente fijada para el 27 de febrero del corriente año.

Acá quedan alcanzados el ingreso de las percepciones del impuesto PAÏS; de las sumas percibidas y del importe correspondiente al impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias; y del gravamen a las entradas de espectáculos cinematográficos, en todos los casos para el período comprendido entre el 16 y el 22 de febrero.



FUENTE: Télam


Jueves, 9 de febrero de 2023
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER