Jueves 3 de Julio de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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Economía
Inflación: tras el salto de marzo, ¿qué dato pronostican las consultoras para abril?
La Resolución 138/2023 publicada este lunes por la Secretaría de Agricultura explica que se incorporó el dólar agro a aquellos sujetos que cumplan con una serie de requisitos.
El Gobierno oficializó la lista de economías regionales que ingresan al Programa de Incremento Exportador (PIE) y recordó los requisitos para poder acceder a un tipo de cambio en $300.

La Resolución 138/2023 publicada en Boletín Oficial por la Secretaría de Agricultura explica que se incorporó el dólar agro a aquellos sujetos que cumplan los requisitos de elegibilidad, en función de la capacidad de abastecimiento en el mercado local, el nivel de empleo generado, el cumplimiento de los acuerdos de precios sectoriales y que hayan exportado en algún momento de los últimos 18 meses.

El Ministerio de Economía destacó en los considerandos que la medida tiene como objetivo el fortalecimiento de las reservas del Banco Central de la República Argentina. Además, resaltó que las empresas involucradas en la medida son un entramado productivo constituido por pymes, que agregan valor y generan empleo.

Por otra parte, la normativa establece las tres condiciones para participar del programa:

Haber exportado en algún momento de los 18 meses anteriores.
Mantener o incrementar durante la vigencia del programa la cantidad de puestos de trabajo.

Asumir el compromiso de volcar al mercado local y mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento.
Cumplir los acuerdos de precios para el mercado local que fije la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía.
Economías regionales
La resolución detalla el ingreso de las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, como así también de la producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón y frutas (cereza, ciruela y arándano, uvas y pasas).

Además, estarán contemplados por la medida oficial: té verde y negro, maíz pisingallo, maní en sus distintas variedades, aceite de maní, aceites de pescado, ceras vegetales, aceite de oliva, aceite de jojoba, maíz dulce, extractos de carne bovina, preparaciones de pescado, vinos, tabaco, harina de carne y pescado, forestación, lanas, aceite de limón, entre otros productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos debidamente certificados y autorizados.

También se incluyó a otros sectores como la industria cárnica y lechera, que no están mencionados en este listado. También los actores del sector privado informaron durante el lanzamiento que se iba a incluir el sorgo o la cebada, rubros que tampoco están detallados. Sin embargo, no se destaca que haya una actualización de la lista.

Fuente: Ámbito Financiero


Lunes, 17 de abril de 2023
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