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Fondos buitres
Fondos buitres no podrán recurrir a los bienes argentinos alojados en Suiza
El gobierno helvético rechazó hoy que los fondos del país atesorados en el Banco de Pagos Internacionales puedan ser embargados, en respuesta a una demanda de dos sociedades norteamericanas que reclaman una deuda de u$s1.000 millones
El Consejo Federal (Gobierno) explicó en un comunicado que no corresponde a las autoridades helvéticas evaluar la gestión y el manejo de los valores de bancos centrales extranjeros depositados ante el BPI, el supervisor del sistema financiero internacional.

El caso se remonta a 2001, cuando las dos sociedades de gestión de fondos compraron obligaciones del Estado argentino a un precio muy bajo para intentar conseguir un beneficio más adelante, en una operación frustrada por la quiebra de Argentina.

Las sociedades reclamaron el pago de la deuda, pero en 2004 el Banco Central de la República Argentina decidió confiar más del 99% de sus reservas en divisas (en torno a los 53.000 millones de dólares, según diversas fuentes) al Banco de Pagos Internacionales, que tiene su sede en la ciudad suiza de Basilea.

Lo habitual es que los Estados depositen allí entre el 10% y el 15% de sus divisas, y la decisión argentina de enviar la práctica totalidad de sus reservas supuso para estas dos sociedades la imposibilidad de recuperar la deuda por esta vía, dado que el BPI goza de un estatus de inmunidad en virtud de su acuerdo de sede.

Esta inmunidad fue alegada ya en julio de 2010 por el Tribunal Federal de Suiza para rechazar el secuestro de los bienes argentinos, una vía judicial que perseguían estas dos sociedades después de que un tribunal de Nueva York reconociera la existencia de la deuda.

Tras la decisión del alto tribunal helvético, los demandantes recurrieron al Ministerio de Asuntos Exteriores suizo, que también se pronunció en contra de su petición, en una decisión posteriormente ratificada por el Tribunal Administrativo Federal y confirmada hoy por el Consejo Federal, máxima instancia ejecutiva.

El Consejo Federal argumentó en su comunicado que esta es una disputa que tienen que resolver los demandantes y el Estado argentino, sin intervención de una organización internacional, y rechazó que se haya cometido un abuso en el principio de inmunidad.

"Hay demasiado pocos elementos para hablar de abuso", manifestó Marino Leber, portavoz de la Oficina Federal de Justicia.

El secuestro es una medida cautelar para asegurar el cumplimiento o ejercicio de un derecho legalmente reconocido, como en el caso de cobros ejecutivos de créditos, para lo cual se opta por preservarlos hasta la hora en que la Justicia tome una decisión.


Miércoles, 17 de octubre de 2012
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