Martes 26 de Noviembre de 2024 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
 
 
Impuestos
Exclusivo: todas las claves del flamante software que se usará para liquidar Bienes Personales y Ganancias
La AFIP está presentando la versión 16 del programa aplicativo conjunto que implementará múltiples cambios en las liquidaciones de los impuestos nacionales. También se solucionan problemas que se daban en la carga de datos y en la confección de las d
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está dando a conocer la nueva versión del software que deberá ser utilizado a la hora de confeccionar las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales que vencen en abril y mayo próximos.
En este escenario, iProfesional tuvo acceso al aplicativo (la versión 16) que oficializará en los próximos días a través del Boletín Oficial por medio de la resolución general 3748. El aplicativo ya se puede descargar de la página web del organismo a cargo de Ricardo Echegaray, para hacerlo haga clic aquí.
A fin de evitar apuros y problemas de último momento, este año se planteó un esquema de trabajo que consistió en la realización de reuniones entre la "Comisión de Aplicativos" que forma parte del Consejo Consultivo Impositivo integrado por funcionarios del fisco nacional y los profesionales reunidos en la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce).
Puntualmente, personal del organismo a cargo de Ricardo Echegaray se reunió -en reiteradas ocasiones- con los agrupados en la entidad a fin de adecuar el aplicativo de acuerdo a las sugerencias propuestas por los contadores.
Al respecto, el presidente de la Federación, Ramón Vicente Nicastro, resaltó el trabajo en conjunto realizado junto con los especialistas de la autoridad tributaria.

El titular de la entidad recordó que "bajo la coordinación de la Comisión de Estudios de Asuntos Tributarios de la Facpce (CEAT), se formalizó un equipo de trabajo en todo el país, donde los Consejos Profesionales pudieron conocer los aplicativos con anterioridad a su publicación en la página web de la AFIP".

"Así, la versión Beta 2 fue revisada en enero y la versión Beta 3, chequeada en febrero de este año", resaltó para luego explicar que una vez finalizado cada revisión, las observaciones fueron remitidas al fisco, a los efectos que se evalúen las mismas y, en su caso, se incorporen al software.

"Consideramos que este proceso de revisión del aplicativo por parte de los Consejos Profesionales fue muy importante, ya que existe una permanente demanda profesional ante la AFIP de contar con la versión definitiva del aplicativo con la debida antelación al vencimiento de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales", puntualizó.

Ocurre que, según señaló Nicastro, de no contar con el software en tiempo y forma, resulta imposible para los contadores cumplir con el compromiso asumido de presentar en término las liquidaciones de sus clientes.


Qué cambios introduce el aplicativo
Consultados por este medio, Nicastro adelantó algunos aspectos del software que fueron incorporados y mejorados en un trabajo conjunto con la AFIP.

En este sentido, sostuvo que la nueva versión "contempla los montos a computar por el año 2014 en concepto de mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial, conforme los ingresos obtenidos por cada contribuyente en relación de dependencia entre los meses de enero y agosto del año 2013 (ingresos menores a $15.000, entre $15.000 y $25.000, mayores a $25.000 y contribuyentes de zona patagónica)".

Asimismo, señaló que permite "la carga del valor de los bienes al 31 de diciembre de 2014 para Bienes Personales, es decir, el valor de los automotores, acciones, moneda extranjera, entre otros, que surgen de las tablas de la resolución general 3741".

"Como cuestión práctica, consideramos importante comenzar la carga de datos en la nueva versión del aplicativo con un correcto encuadre del contribuyente conforme sus ingresos obtenidos durante los primeros ocho meses del año 2013, ya que en caso de modificarse el encuadre inicial, deben cargarse nuevamente en la nueva categoría que se asigne al mismo", puntualizó Nicastro.

Tal como explicó el titular de la Facpce, en el proceso de revisión se verificó que las deducciones personales sean las correctas conforme el encuadre de cada contribuyente, y se constató que, en términos generales, funciona correctamente.

Por último, aclaró que "también se realizó la importación de la página web de la AFIP de las retenciones del Impuesto a las Ganancias", y se confirmó que se pudieran levantar correctamente desde el aplicativo.
Secretos y cambios del nuevo software
Tal como pudo indagar iProfesional, el aplicativo -denominado "Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales - versión 16"- incluye modificaciones que mejorarán la liquidación de ambos gravámenes.
En cuanto a Ganancias, incorpora una actualizada tabla de retenciones y percepciones, permite la carga de las deducciones concedidas por el Gobierno a fin del año pasado y, teniendo en cuenta el acuerdo firmado con Uruguay, habilita la carga de información sobre rentas obtenidas del otro lado del Río de la Plata.

En concreto, introduce las siguientes modificaciones:
Conforme lo previsto en el Acuerdo entre la República Argentina y Uruguay para el Intercambio de Información Tributaria y Método para evitar la doble imposición, se incluye en la pestaña “Datos Descriptivos” la pregunta “¿Realizó servicios prestados a sujetos residentes en Uruguay en virtud del artículo 11.3 b del acuerdo?”. En caso de ser afirmativa la respuesta, se habilitarán:
En la pantalla “Directorio Determinación de la Renta de Fuente Argentina”, las pestañas “Resultado Neto 3° categoría por servicios prestado en el marco del artículo 11.3 b del Acuerdo con Uruguay” y “Resultado Neto 4° categoría por servicios prestados en el marco del artículo 11.3 b del Acuerdo con Uruguay”, posibilitando la carga de los respectivos “ingresos gravados” y “Gastos y deducciones especialmente admitidos”.
En la pantalla “Determinación del saldo del Impuesto a las Ganancias” el campo “Pago a cuenta en el exterior s/artículo 11.3b del Acuerdo con Uruguay” cuyo límite computable será la sumatoria de los valores ingresados en los nuevos campos de 3° y 4° categoría citados en el punto anterior.
Se actualizan las tablas de retenciones y percepciones.
La pantalla “Determinación del Impuesto a las Ganancias”, subpantalla “Deducciones personales computables”, se adecua a los efectos de permitir incorporar la deducción especial contemplando lo establecido por el decreto 2.354/14.
En cuanto a Bienes Personales, el flamante software también incorpora una detallada tabla de valuaciones. En efecto, introduce los siguientes cambios:
Se incorpora acceso al detalle de las siguientes tablas de valuación recibidas:
Valor de los automotores y motocicletas.
Valor de cotización de las monedas extranjeras.
Detalle de sociedades y fondos comunes de inversión.
En caso de declararse depósitos en dinero en el exterior, se podrá acceder a la cotización de la moneda cuando el tipo de cuenta sea en dólares o euros.
Un aplicativo con soluciones
Otra de las cuestiones que incorporará el nuevo aplicativo es un conjunto de soluciones que los profesionales venían reclamando, tanto al momento de liquidar Ganancias como Bienes Personales.

Para el primer gravamen, plantea la solución para los siguientes errores:
Unificación de codificación de regímenes de percepciones por operaciones efectuadas en el exterior por sujetos residentes en el país, para simplificar la validación del código y fecha. Es decir, se eliminó la duplicidad de los códigos para evitar confusión en el contribuyente.
Solución del error de exposición en la carga de "Bienes situados en el País, Dinero en efectivo", de modo que los datos se actualicen automáticamente en los campos “Importe Total al 31/12/xx” e “Importe Total al 31/12/xx”.
Solución del error de exposición en la carga de los datos de "Títulos públicos y privados con cotización, Depósitos en dinero, Dinero en efectivo", de modo que si se sale de la pantalla y se vuelve a ingresar a la misma, los valores no desaparezcan.
Para el período 2014, se elimina la carga del detalle “Determinación de la Ganancia Neta Sujeta a Impuesto Acumulada a Agosto/2013”.
Para el período fiscal 2013 se reorganizó y simplificó la pantalla específica "Determinación de la Ganancia Neta Sujeta a Impuesto Acumulada a Agosto/2013" que está inserta dentro de la pantalla de "Deducciones Personales" en la "Determinación del impuesto".
En la "Determinación del Impuesto a las Ganancias - Deducciones generales fuente argentina – Donaciones", se habilitaron campos para detallar información para el caso de seleccionar el tipo tarjeta de crédito.
En tanto que, para Bienes Personales, soluciona los siguientes inconvenientes:
La imposibilidad de carga de datos por monto “0” (cero) en el rubro "Depósitos en Dinero".
El sistema deja de solicitar el ingreso del NIF para residentes en el país (por ejemplo en el rubro "Deudas comerciales en 3° Categoría, Participaciones societarias").
En el apartado "Bienes del país - Pantalla Créditos", se habilita la carga de campos para incorporar los datos de "Tipo de Identificación y número de identificación del prestamista", cuando el usuario marca "con sujetos del exterior".
En el apartado "Bienes del país - Aeronaves", se adecúa la etiqueta "% de Participación" a "% de Titularidad" para unificar el criterio con los demás bienes.
En el apartado "Bienes del país - Naves, Yates y similares", se adecua la etiqueta "% de Participación" a "% de Titularidad" para unificar el criterio con los demás bienes.
De esta manera, a poco más de un mes del próximo vencimiento de Ganancias y Bienes Personales, el organismo de recaudación puso a disposición el aplicativo que será utilizado por los particulares y empresas.


Sábado, 7 de marzo de 2015
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER