Sábado 19 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
Con 9,5 millones de hogares con subsidios de luz, el presidente Milei acordó con el FMI reducirlos
Expectativa por la llegada del primer desembolso del FMI por u$s12.000 millones que reforzarán las reservas
Dólar sin cepo: cuánto se podrá comprar y cómo funcionará el nuevo sistema
Sin freno: el tomate y las verduras registraron muy fuertes aumentos durante marzo
El Congreso vuelve a desafiar al Gobierno: Diputados tratará el criptogate y mejoras para los jubilados
Viernes negro: se hunden el Merval y los ADRs y el riesgo país se dispara por encima de los 900 puntos básicos
Desguace de ARCA: se despide a casi 3 mil empleados a un costo de $100 millones promedio por cada uno
Lo que faltaba en el país de la carne: Argentina comenzará a importar asado de Brasil
El Banco Central vendió US$196 millones y perdió en seis días el 30% de lo que llevaba comprado este año
Monotributo social: el Gobierno de Milei dio de baja a más de 400.000 personas
Bancarios rompen el piso: el sueldo mínimo supera los $1,7 millones y habrá bono millonario
El Gobierno otorgó anticipo de $120.000 millones a Chaco para que cumpla con sus “compromisos más urgentes”
Inflación en el NEA: desaceleró respecto a enero y tuvo la menor suba del país
La utilización de la capacidad instalada en la industria alcanzó el 55% en enero
Donald Trump no descarta un acuerdo de libre comercio con la Argentina
El patentamiento de motos nuevas subió un 29% en febrero
 
 
Alivio fiscal para empresas
El regimen de facilidad de pagos implementado por AFIP atenua la pesada mochila fiscal empresaria
Por la falta de cobro de sus acreencias, por caida de ventas, por el ahogo financiero ante compromisos empresarios, por demora en el cobro de deudas estatales, las empresas y particulares se encontraban ahogada por deudas fiscales.
Por la falta de cobro de sus acreencias, por caida de ventas, por el ahogo financiero ante compromisos empresarios, por demora en el cobro de deudas estatales, las empresas y particulares se encontraban ahogada por deudas fiscales.
Aire fresco para las empresas con deudas ante el Fisco Nacional.Regimen de regularización de deudas impositivas , aduaneras y de los recursos de la seguridad social por deudas hasta el 28 de febrero de 2013

La AFIP acaba de dictar l RG 3451 que tiende a normalizar las deudas ante dicho organismo, poniendo como fecha de deudas el 28 de febrero de 2013, el plazo de acogimiento es entre el 15 de abril y el 31 de julio de 2013

Este lunes la Administración Federal de Ingresos públicos dicto la RG 3451, facilidad de pagos, que tiene por finalidad lograr que las empresas puedan regularizar su situación fiscal, otorgando un plazo máximo de hasta 10 años, con una tasa de interés del 1,35%, con un valor mínimo de cada cuota de $ 150.
Este nuevo y excepcional plan busca que las empresas puedan normalizar sus deudas fiscales, las que en muchos casos nacieron como consecuencia de la imposibilidad de pagos, a la falta de acceso a un crédito flexible y sobre todo por la mora que deben soportar ante el creciente nivel de ventas impagas por parte de sus clientes.
Sin pretender agotar el amplio contenido de la RG 3451 ( AFIP) se transcriben los principales conceptos de esta moratoria cuya presentación será entre el 15 de abril a 31 de julio próximo
La adhesión se realizara via web, ingresando a la OPCION, “ PLAN DE FACILIDADES DE PAGOS RG 3451”, del sistema informático denominado “ MIS FACILIDADES”

Obligaciones Conceptos a incluir
Todo tipo de Obligaciones impositivas y de recursos de seguridad social Que la presentación y pago haya operado hasta el 28/2/2013.Se deben presentar las DDJJ respectivas
Intereses , actualizaciones y multas de estas obligaciones Que se relacionen con la obligaciones que hubieren operado hasta dicha fecha
Fecha de presentación del citado plan Entre el 15 de abril y hasta el 31 de julio de 2013
Cantidad máxima de cuotas, cuota mínima, tasa de interés y sistema de amortizacion Hasta 120 cuotas, cada cuota no será inferior a $ 150, la tasa de interés es del 1,35 % mensual, y sistema frances
Se incluyen multas formuladas por el servicio aduanero Cuyos vencimientos hasta el 28/02/2013
Deudas en discusiónante AFIP, previo allanarse o desistir de toda acción y derecho por los conceptos y montos que se acoge. -En discusión administrativa, contencioso administrativa , judicial.
Debe asumir el pago de costas y gastos
Facilidades de pago en curso Pueden reformularse ajustado a los preceptos de la citada RG 3415
Conceptos no incluidos . Los conceptos no incluidos son amplios debiendo hacer lectura de la RG 3451 Art 3º y 4º de la misma En forma ejemplificativa se mencionan las siguientes causales:
-Las retenciones y percepciones —impositivas o previsionales—, por cualquier concepto, practicadas o no, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.
-Los anticipos y/o pagos a cuenta.
-Los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de O.Social,excepto los correspondientes a los monotributistas.
-Las cuotas de ART
-Los aportes y contribuciones con destino al régimen especial de seguridad social para empleados del servicio doméstico.
-Las contrib. y aportes personales fijos por los trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al Monotributo, devengados hasta junio de 2004.
-La contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA).
-Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
-Los intereses —resarcitorios y punitorios—, multas y demás accesorios de los conceptos mencionados.
-El impuesto Adicional de Emergencia sobre el precio final de venta de Cigarrillos, sus intereses —resarcitorios y punitorios—, multas y demás accesorios.
-Las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y a la Ganancia Mínima Presunta, de los ejercicios fiscales finalizados a partir del 1 de octubre de 2012, inclusive, y al Impuesto sobre los Bienes Personales por los períodos fiscales posteriores a 2011.
El Impuesto al Valor Agregado que se debe ingresar por las prestaciones de servicios realizadas en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país.
-Los sujetos denunciados penalmente por delitos de evasión, o por delitos comunes relacionados con obligaciones impositivas, recursos de la seguridad social o aduaneras.


Sábado, 30 de marzo de 2013
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