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Impuestos
Cuatro de cada diez contadores reclaman que la AFIP prorrogue la generalización de la factura electrónica
De acuerdo a un sondeo cualitativo realizado por Thomson Reuters, el 94% los profesionales reveló tener al menos un cliente que debe incorporarse al nuevo régimen, que entra en plena vigencia a partir del próximo 1 de julio. La obligación alcanzará a más de 400.000 empresas

La duplicación de datos respecto a un nuevo régimen informativo de compras y ventas y el aumento de los costos -o del tiempo- en la implementación del nuevo sistema, son apenas dos de los problemas que los contadores enfrentan a un día de que se implemente la generalización de la factura electrónica.

Sin miras de prórroga en el horizonte, un flamante relevamiento demuestra en la situación que se encuentran parados los profesionales ante esta nueva obligación impuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

De acuerdo a un sondeo cualitativo realizado por Thomson Reuters, el 94% los contadores públicos revela tener al menos un cliente que debe incorporarse al nuevo régimen de factura electrónica que entra en plena vigencia el 1º de julio. El sondeo de opinión se realizó a finales de mayo.

Esta nueva obligación impacta a más de 400.000 empresas que antes no estaban incluidas en el régimen y acompaña una tendencia global de automatización de procesos de gestión fiscal y tributaria.

En tal sentido, la emisión de las facturas electrónicas y el cumplimento del régimen sólo se pueden hacer a través de medios informáticos, lo cual deja obsoletos a los sistemas de software que no son capaces de brindar esta prestación. Ante esto, una gran cantidad de empresas y profesionales deberán actualizarse en la materia.

En cuanto al nivel de conocimiento de los contadores sobre el nuevo régimen, el 76% de los contadores encuestados consideran estar capacitados para asesorar a sus clientes en la implementación de la factura electrónica.

Con relación a la fecha de entrada en vigencia, cuatro de cada diez especialistas consideran que el plazo para incorporar a todos los responsables inscriptos al nuevo régimen es escaso.

Hay que tener en cuenta que los meses de abril y mayo fueron de mucha carga laboral para los contadores ya que se encuentran especialmente ocupados por los vencimientos del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.
En forma complementaria a esta opinión, la mayoría de los encuestados (42,6%) revela que los procedimientos establecidos por la AFIP no son simples y dificultan su implementación.

Otro aspecto que revela la encuesta es que los especialistas tienen opiniones divididas con respecto a si la generalización de la factura electrónica va a mejorar el funcionamiento de la compañías que lo incorporan. Prácticamente la misma cantidad opina que va a ser positivo, negativo o que no va a afectar la eficiencia de la empresas.

En cambio 57% de los encuestados considera que el régimen será positivo para su actividad profesional y va a facilitar el asesoramiento para el cumplimiento impositivo y contable. Esto es consecuencia de que la implementación requiere la informatización del proceso de facturación y, como efecto, se ordena la información de tributaria de los contribuyentes.
Daniel Skiarski, director de los negocios de Tax & Accounting Software de Thomson Reuters en Argentina, precisó: “La implementación del nuevo régimen de factura electrónica implica un verdadero cambio de paradigma".

"Su empleo significa dotar al organismo fiscal de información en tiempo real, en forma concomitante con las operaciones que conciertan los contribuyentes, de manera de aplicar controles previos para la emisión de los comprobantes", indicó.

Generalización de la factura electrónica

La implementación de la generalización de la factura electrónica que se dará desde el 1 de julio próximo contempla distintas situaciones.

En primer término, se avanza sobre los responsables inscriptos en IVA. Puntualmente, deberán emitir obligatoriamente comprobantes electrónicos originales para todos los responsables inscriptos respecto de todas sus operaciones realizadas en el mercado interno, siempre que las mismas no se encuentren alcanzadas por el régimen de controladores fiscales.

En tanto, los sujetos exentos, seguirán gozando del caracter opcional de la obligación de respaldar electrónicamente todas sus operaciones realizadas en el mercado interno, quedando exceptuadas aquellas perfeccionadas con consumidores finales en las que se haya entregado el bien o prestado el servicio en el local.

También a partir del 1 de julio próximo, la implementación resultará obligatoria para empresas prestadoras de servicios de medicina prepaga, galerías de arte, establecimientos de educación de gestión privada, personas que resulten locadoras de inmuebles rurales y sujetos titulares o que administren, gestionen, intermedien o actúen como oferentes de locación temporaria de inmuebles con fines turísticos; sin importar que condición presenten ante el IVA.

Fuente: Iprofesional


Lunes, 29 de junio de 2015
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