Domingo 13 de Julio de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
La pobreza infantil alcanzó en 2024 su mayor nivel desde la crisis de 2001
Inflación en el Gran Resistencia: “La suba estuvo traccionada por salud privada, comunicación y alimentos”
En Argentina, el granero del mundo, el pan de Brasil y España es más barato que el nacional
Cómo pueden ahorrar los jubilados en supermercado DÍA durante junio de 2025
Fuerte caída de la coparticipación por la baja del consumo
La SIDE libertaria: en cinco meses los gastos reservados de inteligencia aumentaron un 254%
Boom de importaciones amenaza a la industria textil: casi el 70% del consumo de ropa ya proviene del exterior
Paraguay baja y Argentina sube el precio de Ia nafta: Ia diferencia ya Ilega al 30% por litro
A la espera de la letra chica, provincias levantan la guardia ante el “super IVA” del Gobierno
ARCA determinó cambios en el régimen de emisión electrónica y concentrará los datos de todos los operadores de granos
El petróleo Brent se desploma hasta 4,6% tras el aumento de producción de la OPEP+
Más de 30 mil empleos industriales perdidos: 2 de cada 3 sub ramas, con menos trabajadores que un año atrás
Jubilaciones: el Gobierno de Milei licúa el bono, que pierde 37% en un año
El Gobierno convoca al Consejo del Salario para definir el sueldo mínimo tras la aceleración de la inflación
Con 9,5 millones de hogares con subsidios de luz, el presidente Milei acordó con el FMI reducirlos
Expectativa por la llegada del primer desembolso del FMI por u$s12.000 millones que reforzarán las reservas
 
 
Afip
AFIP precisa el mecanismo para la retención de 5% en las compras de paquetes turisticos y pasajes
La normativa modifica a la RESOLUCIÓN GENERAL 3819 DEL 17 de diciembre pasado en la que se estableció el régimen "en atención a las inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector involucrado".
La retención de 5% en la compra de paquetes turísticos y pasajes aéreos al exterior que se realicen en efectivo, tanto en dólares como en pesos, aplica también a las operaciones canceladas mediante depósito en cuenta y se calculará sobre el importe total antes de impuestos.

Así lo precisó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante la resolución 3825, publicada hoy en el Boletín Oficial.

La normativa modifica a la Resolución General 3819 del 17 de diciembre pasado en la que se estableció el régimen "en atención a las inquietudes planteadas por las entidades representativas del sector involucrado", con el objetivo de "facilitar la aplicación del régimen".

En ese sentido, aclara que la alícuota se aplicará también a "las operaciones canceladas mediante depósito en cuenta del sujeto que realice el cobro respectivo”.

Asimismo, detalla que serán pasibles de la percepción los sujetos residentes o radicados en el país que adquieran los servicios.

Por otra parte, indica que "el importe a percibir se determinará aplicando sobre el precio —neto de impuestos y tasas— de cada operación alcanzada, la alícuota del cinco por ciento (5%)" y en el caso de servicios de transporte aéreo "el monto de la percepción se calculará aplicando la alícuota prevista en el párrafo precedente sobre la tarifa facial" (el precio del pasaje aéreo sin impuestos).

"De tratarse de operaciones expresadas en moneda extranjera deberá efectuarse la conversión a su equivalente en moneda local, aplicando el tipo de cambio vendedor que, para la moneda de que se trate, fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del último día hábil inmediato anterior a la fecha de la operación", establece el régimen.

Fuente: Telam


Lunes, 28 de diciembre de 2015
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER