Jueves 16 de Enero de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
 
 
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El fisco presiona por carta a los posibles "clientes" del blanqueo de capitales
El organismo de recaudación comenzó a ponerse en contacto con aquellos potenciales interesados en sumarse al régimen de sinceramiento. Sin embargo no todos están del todo convencidos de adherir a la exteriorización de capitales
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), y varios bancos privados, comenzaron ya a ponerse en contacto directo con los potenciales "interesados" en sumarse al blanqueo de capitales que impulsa el Gobierno.
Por ahora, la prioridad del organismo de recaudación es "convencer" a los pequeños y medianos tenedores de dólares colchón (hasta $305.000) para que se sumen al régimen. El problema es que tiempo apremia.

Tal como diera cuenta iProfesional, el fisco nacional sumó en su página web un reloj que cuenta los días, horas, minutos y segundos que restan para que termine el plazo para ingresar el dinero en efectivo al régimen.

El llamado vence el 31 de octubre y hasta esa fecha no deberán pagar multas. Lo que busca el Gobierno es que ese dinero refuerce el sistema financiero, acelere las primeras operaciones del blanqueo.

Luego, se concentraría en lo más importante: los grandes contribuyentes que tienen sus dólares fuera del sistema financiero argentino, en mercados del exterior y que, en teoría, deberían "sincesar" no sólo sus depósitos o inversiones no declaradas sino además sus bienes inmuebles.

Es la mayor esperanza del oficialismo para lograr la meta de hasta u$s40.000 millones blanqueados (o hasta u$s60.000 millones, según las visiones más optimistas).

Para el primer grupo, los tenedores de hasta aproximadamente u$s20.000, la AFIP ya diseñó un mensaje particular que será enviado directamente a los domicilios fiscales y que desliza que la situación declarada de la personas podría no ser del todo sólida y que para el organismo que maneja Alberto Abad habría, eventualmente, bienes que declarar.

La carta comienza asegurando que "desde el lunes 8 de agosto, hemos puesto a tu disposición el Servicio Web denominado -Nuestra parte- relacionado con el Sinceramiento Fiscal" e invita a los contribuyentes a consultarlo.

Luego recomienda que "queremos ayudarte a decidir qué parte del Sinceramiento es para vos: la exteriorización, en caso de que tengas bienes no declarados, la regularización, en caso de que tengas deudas, o el beneficio, en caso de que hayas cumplido con todas tus obligaciones tributarias. Para ello, vamos a comentarte algunas consideraciones sobre la información que te mostramos en el Servicio "Nuestra Parte - Sinceramiento Fiscal", para evitar confusiones".

Menciona que todos los datos que maneja la AFIP "son aportados por terceros, tales como el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, escribanos, entidades financieras, entre otros"; y que hay "activos no declarados" que "no aparecen en tu Declaración Jurada".

Habla también de los "autos" que están a nombre del contribuyente y no estarían declarados, los plazos fijos, y otras tenencias financieras.

Aclara que su intención no es perseguir "ni generarte la obligación de hacer trámites ante las agencias o distritos de la AFIP", sino que "dispongas de todos los elementos para que tomes la decisión adecuada frente al Sinceramiento".

El mensaje que quiere dejar en claro, es que para el organismo existen elementos concretos para sospechar que esas personas tienen bienes por declarar.

Y que, en consecuencia, cuando venza el llamado a fines de marzo del año próximo, serían los primeros en ir a visitar por los agentes impositivos.

Lo curioso es que no sólo la AFIP es la que se está moviendo para tomar contacto con los potenciales "interesados". Incluso se están haciendo "road show" en distintos lugares del país para tentar a los posibles "inversores".

Muchos bancos privados ya instrumentaron comunicaciones directas con alguno de sus clientes, o levantaron links en sus páginas de home banking para explicar las opciones de blanqueo con las que pueden operar desde la entidad financiera.

Las entidades explican "cómo abrir una cuenta especial", cómo iniciar el trámite ante la AFIP, qué se puede sincerar (efectivo -pesos o moneda extranjera-; inmuebles, muebles -acciones, títulos y similares-.

Además de los bienes declarados por el cónyuge, parientes (ascendientes o descendientes en primer o segundo grado, y terceros), informó Ámbito Financiero.

En el caso de que estén en el exterior, no se aceptan cuando el país se considere de Alto Riesgo o No Cooperante. Esto es, los estados que no estén habilitados por la GAFI (Afganistán, Bosnia Herzegovina, Corea del Norte, Irak, Irán, Guyana, Laos, Siria, Uganda, Vanuatu y Yemen).

La madre de todas las dudas
Sin embargo, existe una gran duda entre los especialistas: qué sucederá con el denominado "tapón fiscal". Ocurre que la normativa no es del todo precisa sobre los alcances que tiene este beneficio.

Tal como está redactada la norma, el fisco nacional debería abstenerse de llevar adelante alguna determinación de oficio para reclamar el pago de algún impuesto evadido o presentar alguna denuncia ante el incumplimiento pasado de los que adhieran al sistema.

Este jugoso beneficio recaería tanto para quienes hubiesen blanqueado (sea que declaren cuentas o bienes que tenían ocultos de la AFIP en el exterior o en el país) como para quienes, por su buena conducta, ratifiquen sus declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales.

Dicho de otra manera: podrán librarse de "culpa y cargo" con el simple hecho de participar del régimen de sinceramiento, sin importar si se trata de un pequeño contribuyente o de uno multimillonario.

Asimismo, este "tapón" se aplicaría para todos los impuestos (Ganancias, Bienes Personales, Ganancia Mínima Presunta, IVA, entre otros) que podrían adeudar el particular o empresa que adhiera al blanqueo.

Funcionarios de la AFIP que formaron parte de diversas charlas y eventos dedicados al blanqueo hicieron hincapié sobre este tema, para tratar de convencer a todos los presentes sobre este gran beneficio.

Sin embargo, no todos están tan seguros sobre el tema. Sobre todo, porque no queda claro en toda la normativa (que incluye a la Ley, el decreto reglamentario y las resoluciones generales emitidas por el fisco) la real extensión que tiene esta ventaja.

Fuente: Iprofesional
Viernes 02 de septiembre de 2016. Resistencia, Chaco.


Viernes, 2 de septiembre de 2016
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