Martes 13 de Mayo de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
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Impuestos
Dólar futuro: AFIP obliga a ingresar un impuesto que aún no reglamentó

Se trata de una carta de inducción obligando a ingresar el impuesto especial que recae sobre las ganancias producto de las operaciones de dólar futuro aprobado junto al blanqueo de capitales en diciembre pasado.

Si bien el impuesto se aprobó por ley, aún, el organismo a cargo de Alberto Abad no reglamentó el tributo. Más aún, ni siquiera existe programa aplicativo que contemple el ingreso del gravámen.

Puntualmente, la nota enviada por el fisco nacional señala:

"Nos contactamos para informarte que, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 27.346, te encontrás alcanzado por el "Impuesto Extraordinario a las Operaciones Financieras Especulativas (Dólar Futuro)".

El impuesto será aplicable por única vez, y el monto a ingresar surgirá de adjudicar una tasa del 15% sobre las utilidades derivadas de diferencias positivas de precio por operaciones de compra y venta de contratos de futuros sobre subyacentes moneda extranjera.

El valor a ingresar será incluido y liquidado en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal respectivo, no pudiendo ser deducible gasto alguno".

"Si bien no estamos ante la apertura de una fiscalización, una intimación o una liquidación de impuestos, resulta sorprendente que la AFIP envíe cartas de inducción a las empresas por un impuesto que aún no reglamentó", explicaron las fuentes consultadas.

La nota establece que el "Impuesto Extraordinario a las Operaciones Financieras Especulativas" debe ser liquidado e ingresado "en la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del período fiscal respectivo".

"Si se consideran las operaciones realizadas en 2016, el plazo ya está vencido ya que las declaraciones juradas anuales de las empresas que cierran balance en diciembre (la mayoría) vencieron el mes pasado", agregaron los expertos.

"Por lo tanto, lo adecuado, hubiera sido, que la reglamentación se conociera antes de iniciar mayo", puntualizaron.

¿Y el software?
Pero no sólo falta la reglamentación. Los reconocidos asesores impositivos consultados detallaron que, no existe el programa aplicativo que contemple el ingreso del "impuesto extraordinario que alcanza a las ganancias de las operaciones de dólar futuro".

Si se quisiera ingresar el impuesto reclamado, no hay programa aplicativo que permita el ingreso del mismo.

Fuente:Iprofesional




Lunes, 5 de junio de 2017
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