Sábado 19 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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Dólar sin cepo: cuánto se podrá comprar y cómo funcionará el nuevo sistema
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El Banco Central vendió US$196 millones y perdió en seis días el 30% de lo que llevaba comprado este año
Monotributo social: el Gobierno de Milei dio de baja a más de 400.000 personas
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Inflación en el NEA: desaceleró respecto a enero y tuvo la menor suba del país
La utilización de la capacidad instalada en la industria alcanzó el 55% en enero
Donald Trump no descarta un acuerdo de libre comercio con la Argentina
El patentamiento de motos nuevas subió un 29% en febrero
 
 
Legales
Justicia impide a abogados certificar firmas y documentos administrativos
El fuero federal aceptó una medida cautelar para impedir a los abogados certificar firmas, impresiones digitales, copias y expedientes judiciales o administrativos

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 7 ordenó hacer lugar a la cautelar solicitada por el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires la semana pasada.
Una resolución del Consejo Directivo del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal disponía la implementación de un "Registro de Certificaciones de Documentos de Abogados Matriculados" de ese colegio profesional.
Pero la decisión judicial suspendió preventivamente la puesta en funcionamiento de este Registro que pretende habilitar a los abogados a certificar firmas, impresiones digitales, copias y expedientes judiciales o administrativos.
"No existe ninguna ley nacional ni de la Ciudad de Buenos Aires que autorice a los abogados -ni al Colegio que los nuclea- a certificar firmas, constancias o documentos", dijo el Colegio de Escribanos porteño en un comunicado de prensa.
Con esa acción judicial de declaración de ilegalidad e inconstitucionalidad, el Colegio de Escribanos de la Ciudad buscó "evitar que los terceros que soliciten este servicio se vean perjudicados".
En términos jurídicos, certificar es hacer constar por escrito una realidad de hecho por quien tiene fe pública o atribución para hacerlo y el Estado ha delegado esa función en los escribanos públicos.
"Los abogados no son depositarios de la fe pública, ya que sus competencias son atender consultas jurídicas y defender, patrocinar y/o representar judicialmente o extrajudicialmente a sus clientes", dijo el Colegio de Escribanos.


Sábado, 31 de mayo de 2014
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