Jueves 21 de Noviembre de 2024 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
 
 
Impuestos
Reforma tributaria: para permanecer en el Monotributo no será obligatorio tener empleados

Hasta ahora, era requisito para la categoría I tener al menos un empleado. Para la J la obligación se extendía a dos y para la K, era de tres empleados

Los monotributistas que venden bienes y revistan en las categorías más altas (I, J, K) no estarán obligados a tener empleados para mantenerse en el régimen simplificado, según surge del texto preliminar de la reforma impositiva.

El proyecto ingresará oficialmente al Congreso una vez que los funcionarios de la Casa Rosada consensúen la redacción definitiva con los gobernadores, en una reunión prevista para este jueves.

Hasta ahora, era requisito para la categoría I tener al menos un empleado.

Para la J la obligación se extendía a dos y para la K, era de tres empleados.

Una vez que se apruebe la reforma podrán optar por trabajar sin empleados.

Una medida que flexibiliza los criterios para esta franja de pequeños contribuyentes.

Se mantiene el tope de $1.050.000 anuales de facturación para la categoría tope del sistema.

Por otro lado, el proyecto actualiza el precio unitario de venta de los bienes comercializados por esta franja.

Pasa de los actuales $2.500 a $15.000. Por un lado, tiene un costado positivo ya que reconoce el impacto de la inflación sobre el valor del
producto.

Pero a la vez expone más fácilmente al contribuyente a excederse del límite de facturación en base a las cantidades vendidas.

Estos topes son de $822.500 y de $945.000 para las categorías I y J, respectivamente.

En otro punto, el proyecto excluye la posibilidad de que las sociedades se inscriban en el Monotributo, limitando así el régimen sólo para personas físicas.

Otro cambio que favorece a los pequeños contribuyentes es que sólo habrá dos recategorizaciones al año, que serán semestrales al final de cada período (enero-junio y julio-diciembre). Hasta ahora, eran tres las fechas.

Contra lo que se había anunciado, no hubo cambios en la cantidad de actividades que se pueden declarar para un único contribuyente (siguen siendo tres).
Fuente:Iprofesional



Miércoles, 15 de noviembre de 2017
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