Impuestos El Gobierno analiza gravar los plazos fijos mayores a $500.000 y las LEBAC El impuesto sería de 25% sobre los intereses generados, según adelantaron a Infobae. En esta nota, los detalles de la reforma fiscal que lanzará el Poder Ejecutivo
El Gobierno tiene todo preparado para aprobar la reforma impositiva antes de fin de año en el Congreso de la Nación. Es probable que el proyecto se discuta en sesiones extraordinarias en diciembre, en particular porque la nueva composición de las cámaras luego de las elecciones legislativas le permitiría a Cambiemos lograr su sanción sin dificultades.
El proyecto de Reforma Tributaria es una especie de Ley Ómnibus compuesto por cuatro iniciativas: el Revalúo Impositivo y Contable; la prórroga hasta el 2019 del Impuesto a los Débitos y Créditos en cuentas bancarias; el impuesto a la renta financiera; y la reducción del impuesto a los Ingresos Brutos en provincias y municipios, que será gradual hasta el 2019 en función del cumplimiento de la Ley de Responsabilidad Fiscal.
Los dos primeros proyectos forman parte del Proyecto de Ley de Presupuesto 2018, que ingresó al Congreso el 14 de septiembre pasado. Todavía faltan los principales detalles de los dos últimos, que están a cargo del ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne y su equipo.
El funcionario estuvo reunido ayer con el presidente Mauricio Macri y el vicejefe de Gabinete Mario Quintana. Según pudo saber Infobae, lo más novedoso de la Reforma Tributaria es el revalúo fiscal al que algunas empresas entrarán o no de acuerdo a lo que hayan ganado en los últimos años, pagando una alícuota que irá del 5 al 15%, según el monto y el bien que se quiera actualizar por la inflación acumulada desde el 2001. La gran duda es como será la aplicación del impuesto a la renta financiera. En principio, habría un impuesto del 25% sobre la ganancia que generen los depósitos superiores a los $500.000. El impuesto también afectaría a las Letras del Banco Central de la República Argentina (LEBAC). El tema aún no fue definido por las diferencias que existen entre algunos integrantes del equipo económico. El proyecto de Ley de Revalúo consta de 25 artículos. Con respecto a los bienes que podrían ingresar, el artículo 2 incluye: -Inmuebles que no posean el carácter de bienes de cambio. -Inmuebles que posean el carácter de bienes de cambio. -Bienes muebles amortizables (incluida la hacienda con fines de reproducción), quedando comprendidos los automóviles solo cuando su explotación constituya el objeto principal de la actividad. -Acciones, cuotas y participaciones sociales, emitidas por sociedades constituidas en el país. -Minas, canteras, bosques y bienes análogos. -Bienes intangibles, incluidos los derechos de concesión y similares. -Otros bienes no comprendidos en los incisos anteriores, conforme lo establezca la reglamentación, excepto bienes de cambio y automóviles. "La alta inflación de los últimos años y la falta de ajuste de los valores de los bienes de uso en los balances de empresas es lo que ha llevado al Gobierno a realizar un revalúo fiscal que le puede generar una recaudación adicional que podría superar la del blanqueo", manifestó a Infobae el especialista Iván Sasovsky.
Fuente:Infobae
Miércoles, 25 de octubre de 2017
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