Jueves 1 de Mayo de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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Bancarios rompen el piso: el sueldo mínimo supera los $1,7 millones y habrá bono millonario
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Inflación en el NEA: desaceleró respecto a enero y tuvo la menor suba del país
 
 
Información General
Cuáles son los puntos clave del decreto de Extinción de Dominio

El presidente Mauricio Macri anticipó que firmará un DNU que permitirá recuperar los bienes de la corrupción. Cómo funcionará en la práctica.
El presidente Mauricio Macri anunció este lunes que firmará un Decreto de Necesidad y Urgencia para aprobar el proyecto de extinción de dominio que fue tratado en ambas Cámaras del Congreso, pero no logró ser sancionado. Si bien todavía no se difundió el texto del DNU, se conocieron algunos detalles de la iniciativa oficial. Se trata de una acción civil que se desarrollará en conjunto a la acción penal contra las personas procesadas por delitos complejos como corrupción y narcotráfico, entre otros. La extinción de dominio significa que una persona con activos obtenidos por medio de un delito deja de ser el dueño de los bienes que ha robado al Estado o adquirido de forma ilícita. Colombia, México y los Estados Unidos cuentan con leyes similares.
La normativa penal que se aplica hasta ahora permite embargar, secuestrar y decomisar bienes mal habidos pero los acusados siguen siendo sus dueños y dificulta al Estado poder darles algún destino de utilidad.
De acuerdo a cálculos oficiales, existen unos 20.000 millones de pesos en bienes sometidos a medidas cautelares en causas por delitos de narcotráfico, lavado de dinero y corrupción.
Uno de los aspectos principales de la iniciativa es que invierte la carga de la prueba. Esto quiere decir que durante el juicio será el acusado, el responsable de demostrar que los bienes fueron adquiridos con fondos lícitos.
El decreto habilita, además, al Ministerio Público Fiscal a demandar a cualquier persona, humana o jurídica, que ostente la tenencia, posesión, titularidad o cualquier otro derecho sobre un bien objeto de la acción de extinción de dominio, se encuentre o no imputada en la investigación penal.
Finalmente, si hay sentencia condenatoria los bienes se subastarán y el dinero irá a Rentas del Estado Nacional.
En cambio, si existe absolución penal por inexistencia de delito, los bienes serán restituidos a su dueño. La acción de extinción de dominio prescribirá a los 20 años, y el plazo comienza a computarse desde la fecha de ingreso del bien al patrimonio del acusado.
Según la ley, una vez dictado y publicado en el Boletín Oficial, el DNU presidencial ya tiene plena vigencia, salvo que sea rechazado por ambas cámaras del Congreso, mientras que antes la comisión bicameral de Trámite Legislativo debe pronunciarse pero no sobre el contenido sino sobre su validez.
Los puntos centrales del DNU:
• Crea una procuraduría de extinción de dominio a favor del Estado Nacional (PEDEN), dentro de la estructura de la Procuración General de la Nación, y será la encargada de llevar adelante las investigaciones preliminares, junto con los fiscales, presentará las demandas e impulsará las acciones.
• Busca alcanzar bienes suceptibles de valoración económica, mueble o inmueble, tangible o intangible, registrable o no, los documentos o instrumentos jurídicos que acrediten propiedad y otros derechos o cualquier otro activo susceptible de apreciación pecuniaria.
También incluye los ingresos, rentas, frutos, ganancias y otros beneficios derivados de esos bienes.
• Alcanza a los acusados de delitos relacionados a estupefacientes, el contrabando de estupefacientes, precursores químicos y de armas, el amedrentamiento coactivo a particulares, gobiernos u organismos internacionales, la corrupción de menores, el proxenetismo, la distribución de pornografía infantil, la trata de personas y el secuestro extorsivo.
Durante el proceso, la administración de los bienes estará a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE). El dinero en efectivo será administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
• Introduce la posibilidad de que el Ministerio Público desarrolle programas de colaboración de personas que aporten información bajo identidad reservada, el colaborador eficaz, fijando una compensación de hasta el 10 por ciento de los bienes a los que se le extinguiría el dominio.
Fuente:Perfil.com


Miércoles, 23 de enero de 2019
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