Miércoles 18 de Junio de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
Inflación en el Gran Resistencia: “La suba estuvo traccionada por salud privada, comunicación y alimentos”
En Argentina, el granero del mundo, el pan de Brasil y España es más barato que el nacional
Cómo pueden ahorrar los jubilados en supermercado DÍA durante junio de 2025
Fuerte caída de la coparticipación por la baja del consumo
La SIDE libertaria: en cinco meses los gastos reservados de inteligencia aumentaron un 254%
Boom de importaciones amenaza a la industria textil: casi el 70% del consumo de ropa ya proviene del exterior
Paraguay baja y Argentina sube el precio de Ia nafta: Ia diferencia ya Ilega al 30% por litro
A la espera de la letra chica, provincias levantan la guardia ante el “super IVA” del Gobierno
ARCA determinó cambios en el régimen de emisión electrónica y concentrará los datos de todos los operadores de granos
El petróleo Brent se desploma hasta 4,6% tras el aumento de producción de la OPEP+
Más de 30 mil empleos industriales perdidos: 2 de cada 3 sub ramas, con menos trabajadores que un año atrás
Jubilaciones: el Gobierno de Milei licúa el bono, que pierde 37% en un año
El Gobierno convoca al Consejo del Salario para definir el sueldo mínimo tras la aceleración de la inflación
Con 9,5 millones de hogares con subsidios de luz, el presidente Milei acordó con el FMI reducirlos
Expectativa por la llegada del primer desembolso del FMI por u$s12.000 millones que reforzarán las reservas
Dólar sin cepo: cuánto se podrá comprar y cómo funcionará el nuevo sistema
 
 
Economía
A partir de enero, los plazos fijos con rendimientos mayores a $103 mil dejarán de pagar impuestos
La única excepción son aquellos ajustados por coeficiente UVA. En la actualidad, los rendimientos menores ya no tributaban.
Los plazos fijos, con excepción de los ajustados por coeficiente UVA, dejarán de pagar impuestos a partir del miércoles próximo, con el arranque del 2020, según lo determina la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

En su artículo 32, la nueva norma derogó los artículos 95 y 96 de la ley de Impuesto a las Ganancias a partir del período fiscal 2020, por lo que las colocaciones a plazo en pesos dejarán de pagar la Renta Financiera.

El Boletín Oficial aclara que "quedan excluidos de esta exención los intereses provenientes de depósitos con cláusula de ajuste", como los que dan intereses vía la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA).

Hasta 2019, el impuesto a la Renta Financiera se aplica a aquellos que hayan tenido rendimientos por encima de los $103.018 en el año. El gravamen, que también es para los tenedores de títulos públicos, es del 5% del rendimiento calculado sobre el importe que exceda los $103.018.

La Ley de Emergencia deja sin efecto el impuesto pero recién a los rendimientos que se obtengan durante el año próximo. A diferencia de los que ahorraron en pesos, quienes lo hicieron en dólares, y a pesar de las devaluaciones que hubo, no tendrán que pagar por ese beneficio obtenido durante 2019.

El impuesto seguirá vigente para la distribución de dividendos y utilidades, ganancias de capital derivadas de la enajenación de acciones, certificados de depósito de acciones, cuotas y participaciones sociales que no coticen en bolsa o mercados de valores autorizados por la Comisión Nacional de Valores. También para utilidades de obligaciones negociables, títulos de deuda o participación en fideicomisos financieros y cuotas parte de fondos comunes de inversión por el ejercicio 2019; y enajenación y transferencia de derechos sobre inmuebles anterior.




Fuente: Minuto Uno


Sábado, 28 de diciembre de 2019
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER