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Economía
Con una norma interna, la AFIP explicó el procedimiento que tienen que seguir las firmas para recuperar su CUIT
El organismo de recaudación emitió un instructivo donde fija las pautas para que las empresas puedan restituir el código que les permite operar normalmente. Cuáles son los pasos que deben seguir los agentes fiscales en cada uno de los casos




A través de una reciente norma interna, que no fue dada a conocer oficialmente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) precisó el procedimiento que siguen los agentes fiscales a la hora de rehabilitar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de las empresas que fueron suspendidas por el fisco nacional.

En efecto, a través de la nota 4238/2013 firmada por el director de la Dirección General Impositiva (DGI), Ángel Toninelli, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray estableció "un conjunto de pautas de acción" para la tramitación de las solicitudes de rehabilitación presentadas por las empresas "cuya CUIT hubiera sido cancelada".

Según explica el fisco nacional en la nota, la reformulación del procedimiento se debe "a la necesidad de liberar horas hombre que permita cumplir con un extenso programa de actividades operativas".

Respecto a la vigencia de las pautas dadas a conocer a través de dicha norma interna, se indica que "resultarán aplicables hasta tanto se propicien las adecuaciones de las instrucciones generales" que actualmente se aplican.

Al respecto, el consultor tributario Alberto Romero señaló: "La AFIP debe dar a conocer este tipo de procedimientos a través de una resolución general o una instrucción. Pero, principalmente, deben ser puestas a disposición de los contribuyentes".

"También sería conveniente que ante la aplicación de una sanción tan severa como es la suspensión de la CUIT, la AFIP diera a conocer todas las normas que hacen a la reglamentación del procedimiento en vez de establecer pautas a través de una norma interna", aseguró Romero.

Pautas a seguir
Puntualmente, la nota 4238/2013 dada a conocer por el Blog Contadores en Red, fija las pautas de acción a seguir de acuerdo con quién solicite la rehabilitación de la CUIT.

En primer término, refiere a los contribuyentes que a fin de recuperar la CUIT manifiesten a través de una multinota su voluntad de adherirse al blanqueo que rige hasta fin de año. De este modo, se regularizan las obligaciones que dieron origen a la suspensión de la CUIT.





Fuente: IPorfesional


Lunes, 21 de octubre de 2013
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