Martes 22 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
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Coronavirus
Controles de la Secretaria de Comercio Interior con la colaboración de AFIP en farmacias y supermercados en la provincia
En línea con lo informado por el Presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández, y el Ministro de Desarrollo Productivo, Matías KulfAS, la Secretaria de Comercio del Interior con la colaboración de la AFIP iniciaron procedimientos de control en todo el país. En el Chaco en el día de hoy 12 comercios fueron inspeccionados y este próximo jueves 20 mas se sumarán a este operativo a cargo de dicha secretaria.
En un plan de evitar el desabastecimiento de productos y que se produzcan incrementos de precios desmedidos se inició en el país el procedimiento de control enunciado por el presidente de la Nación.

Por ello, el propio ministro informó que se trabajara en conjunto con la Secretaria de Comercio y la colaboración relevante de la Administración Federal de Ingresos Públicos, buscando con ello incrementar la capacidad de control contra las cadenas de hipermercados y empresas que no cumplan con las normas y afecten el abastecimiento y apliquen subas desmedidas de precios.

En el caso de la provincia del Chaco, el miercoles 18 de marzo se iniciaron procedimientos en 12 comercios , entre farmacias y supermercados, y continuara este jueves con otros 20 comercios de los mismos rubros.

Las multas en caso de detectarse incumplimientos son muy elevadas, pudiendo llegar en un extremo hasta una cifra de $ 10 millones y una clausura por tiempo indefinido.

Se resalta que el Gobierno Nacional extendio la facultad de aplicar la Ley de Abastecimiento a las micro, pequeñas y medianas empresas, durante lo que dure la emergencia sanitaria, que a partir de ahora estarán alcanzadas por esta normativa.
Se menciona que el Decreto de necesidad y urgencia 288/2020 de Emergencia Sanitaria, publicado en la jornada de este miércoles 17 de marzo en el Boletín Oficial suspende "por el plazo que dure la emergencia, el último párrafo del artículo 1 de la Ley 20.680 y sus modificaciones".

Es decir, la norma "regirá con respecto a la compraventa, permuta y locación de cosas muebles, obras y servicios, sus materias primas directas o indirectas y sus insumos, lo mismo que a las prestaciones, que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, esparcimiento, así como cualquier otro bien mueble o servicio".

El decreto también señala que "el ámbito de aplicación de esta ley comprende todos los procesos económicos relativos a dichos bienes, prestaciones y servicios y toda otra etapa de la actividad económica vinculada directamente o indirectamente a los mismos".

Por otra parte se indicó que estos controles se extenderan durante todo el periodo de emergencia y se trabajaran con precios y acuerdos que se definan desde el propio Ministerio de Desarrollo Productivo y empresarios de diferentes sectores.



Fuente: Miguel Aquino


Sábado, 21 de marzo de 2020
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