Jueves 24 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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Economía
Ganancias: empresas comenzaron a reintegrar los montos retenidos
Con motivo de los cambios al impuesto para la cuarta categoría, la AFIP había determinado que su devolución sea en cinco cuotas mensuales. 1,2 millón de trabajadores beneficiados.


Las empresas comenzaron a realizar este martes la devolución de lo retenido del Impuesto a las Ganancias en los primeros seis meses del año, tal lo fijado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en junio pasado para los salarios de hasta $150 mil.

Para los asalariados de la cuarta categoría que no están alcanzados por el tributo como causa de las reformas establecidas a la Ley 27.617, la entidad que dirige Mercedes Marcó del Pont determinó el reintegro por parte de los empleadores en cinco cuotas mensuales, de acuerdo a lo revelado por Ámbito.

A la medida principal sancionada por el Congreso nacional y a lo establecido por la AFIP hace casi dos meses también se le sumó que el medio aguinaldo no se vio alcanzado.

En junio pasado, Marcó del Pont precisó que con la suba del piso del mínimo no imponible el universo de beneficiados está comprendido por "más de 1.200.000 de personas con salarios de hasta $150 mil", por lo que "la ley impulsada por el oficialismo permite que solo 1 de cada 10 trabajadores en relación de dependencia se vea alcanzado por el impuesto”.

“El ingreso disponible adicional para las trabajadoras y los trabajadores es de unos 50.000 millones de pesos. La medida incrementa la capacidad de consumo de la clase media”, puntualizó la mandataria en declaraciones recogidas por este medio.

Entre los distintas disposiciones comprendidas por las modificaciones a la ley se decretó la retroactividad a enero de 2021, el tributo para jubilados que perciban más de ocho haberes mínimos, la supresión del tope de edad para deducir a los hijos/as por discapacidad y la eximición del personal de salud para el pago del impuesto por horas extras o guardias (es hasta septiembre).

Asimismo, permitió deducir gastos por movilidad y viáticos, estipulados en convenios colectivos (hasta $ 67.071,36 anuales); los gastos de guardería (sin tope), gastos en cursos de capacitación (hasta $ 67.071,36 anuales), al tiempo que exime suplementos particulares para personal militar y los bonos por productividad y fallos de caja (hasta $67.071,36 por año).


Fuente: Ambito


Miércoles, 8 de septiembre de 2021
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