Jueves 10 de Julio de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
La pobreza infantil alcanzó en 2024 su mayor nivel desde la crisis de 2001
Inflación en el Gran Resistencia: “La suba estuvo traccionada por salud privada, comunicación y alimentos”
En Argentina, el granero del mundo, el pan de Brasil y España es más barato que el nacional
Cómo pueden ahorrar los jubilados en supermercado DÍA durante junio de 2025
Fuerte caída de la coparticipación por la baja del consumo
La SIDE libertaria: en cinco meses los gastos reservados de inteligencia aumentaron un 254%
Boom de importaciones amenaza a la industria textil: casi el 70% del consumo de ropa ya proviene del exterior
Paraguay baja y Argentina sube el precio de Ia nafta: Ia diferencia ya Ilega al 30% por litro
A la espera de la letra chica, provincias levantan la guardia ante el “super IVA” del Gobierno
ARCA determinó cambios en el régimen de emisión electrónica y concentrará los datos de todos los operadores de granos
El petróleo Brent se desploma hasta 4,6% tras el aumento de producción de la OPEP+
Más de 30 mil empleos industriales perdidos: 2 de cada 3 sub ramas, con menos trabajadores que un año atrás
Jubilaciones: el Gobierno de Milei licúa el bono, que pierde 37% en un año
El Gobierno convoca al Consejo del Salario para definir el sueldo mínimo tras la aceleración de la inflación
Con 9,5 millones de hogares con subsidios de luz, el presidente Milei acordó con el FMI reducirlos
Expectativa por la llegada del primer desembolso del FMI por u$s12.000 millones que reforzarán las reservas
 
 
Economía
La AFIP pondrá en marcha los beneficios y herramientas de la ley de Alivio Fiscal
La reglamentación será publicada este viernes en el Boletín Oficial. Los detalles de la resolución.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicará este viernes en el Boletín Oficial la reglamentación de una serie de beneficios y herramientas de la ley de alivio fiscal que incluyen, entre otros, la condonación de deudas inferiores a $ 100.000 para pequeños contribuyentes y micro y pequeñas empresas, la ampliación de la moratoria vigente y una regularización de multas, además de beneficios especiales para contribuyente cumplidores, informó hoy el organismo.

También implementará mecanismos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización, la extensión de la suspensión de las ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2021 para micro y pequeñas empresas, así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica.


"La Resolución General N° 5101/2021, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial, contempla las medidas previstas en la ley de alivio fiscal para fortalecer el proceso de reactivación económica", aseguro el organismo que dirige Mercedes Marcó de Pont.

Una de las principales herramientas que habilitará la normativa de la AFIP será la condonación de deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto para entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.

"La condonación de deudas inferiores a $ 100.000 también alcanza a monotributistas que cumplan con las condiciones previstas en la normativa así como a las micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPyME", detalló el organismo.

Para poder acceder a todos los beneficio será necesario que los contribuyentes lo soliciten la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar) desde el 20 de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022.

En el caso de la moratoria se incluirán las obligaciones vencidas al 31 de agosto en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5%, dependiendo del tipo de contribuyente.

La adhesión al plan estará habilitada entre el 29 de noviembre de 2021 y el 15 de marzo de 2022, con la primera cuota a vencer el 16 de abril de 2022.

La resolución también preverá la posibilidad de regularizar a través de planes de pago los ajustes y multas resultantes de la actividad fiscalizadora del organismo.

Por último, los contribuyentes cumplidores podrán tramitar distintos beneficios del 30 de diciembre de 2021 al 15 de marzo de 2022.

Para los monotributistas habrá una eximición del componente impositivo del pago mensual, que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022, y para el resto de personas humanas y sucesiones indivisas una deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas equivalente al 50% del mínimo no imponible."El beneficio será aplicado a la declaración jurada correspondiente a 2021", detalló la AFIP.

En el caso de las micro y pequeñas empresas, podrán realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 11 de noviembre de 2021 y el 31 de diciembre de 2022.



Fuente: Minuto Uno


Viernes, 19 de noviembre de 2021
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER