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Economía
Prevención de lavado de activos: bancos podrán pedir declaraciones juradas de impuestos
La AFIP reestableció la posibilidad de que los sujetos obligados de informar conductas sospechosas ante la UIF soliciten las DDJJ impositivas. Esta potestad había sido anulada por el gobierno de Mauricio Macri en oportunidad del blanqueo lanzado en 2016.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) rehabilitó la potestad de bancos y entidades financieras para solicitar a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos presentadas ante el organismo recaudador. Mediante la resolución 5125 publicada hoy en el Boletín Oficial se reinstaura una herramienta de control del lavado de activos que se había bloqueado durante el gobierno de Mauricio Macri.

Con esta decisión de la AFIP que conduce Mercedes Marcó del Pont, todos los sujetos obligados a informar conductas o actividades sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF) podrán solicitar a sus clientes declaraciones juradas impositivas. De esta forma se refuerza el esquema de prevención de lavado de activos, optimizando las herramientas de control para frenar los flujos financieros ilícitos.

Una resolución de la AFIP rehabilitó esta posibilidad que se encontraba bloqueada desde 2016 en el marco del blanqueo lanzado por el gobierno del entonces presidente Mauricio Macri. Ese año, como complemento de la ley de blanqueo el organismo había dictado una normativa que tenía como objetivo incentivar la repatriación de capitales, por lo que los sujetos obligados ante la UIF debían “abstenerse de pedir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales”.

Según la resolución general 3952, dictada entonces por la AFIP de Alberto Abad, al quitarles esa potestad a los sujetos obligados se pretendía dar “una mayor confidencialidad y seguridad a la relación del contribuyente con el fisco”. Es normativa alcanzó entonces a todas las entidades obligadas a emitir Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS) ante la UIF.

Sin embargo, es la propia Ley 25.426 de prevención de lavado de activos la que especifica que los sujetos obligados a informar a la UIF deben guardar secreto, por lo tanto, las declaraciones juradas se encuentran amparadas por la confidencialidad.

Según fuentes de la AFIP, la medida publicada hoy en el Boletín Oficial “fortalece las herramientas de control que habían sido desarticuladas durante el gobierno anterior”. De esta forma se refuerza la capacidad de abordaje de los flujos financieros ilícitos en el marco de los estándares internacionales.

En ese sentido, la AFIP reestablece una herramienta de fiscalización que permite al Estado articular mecanismos de control para una mejor prevención de lavado de activos, aspecto que la Argentina tiene comprometido ante organismos internacionales. La lucha contra el lavado de dinero, es también un combate contra el crimen organizado transnacional y el terrorismo internacional.

Con esta modificación, entidades financieras, empresas aseguradoras, firmas dedicadas al transporte de caudales, intermediarias registradas ante la CNV, entre otros, están habilitadas a solicitar a sus clientes las declaraciones juradas impositivas, tal y como funcionaba antes de 2016.

La Resolución General 5125 es el resultado del trabajo en conjunto entre la AFIP y la UIF. La normativa “abroga” la resolución que impedía a los sujetos obligados ante la UIF a solicitar declaraciones juradas impositivas.

La ley de prevención de lavado de activos 25.426 detalla quiénes son los sujetos obligados a informar ante la UIF las conductas o actividades de las personas o sociedades a través de las cuales puede inferirse la existencia de una situación atípica que pueda configurar un hecho u operación sospechosa de lavado de activos o financiación de terrorismo. Se trata de entidades financieras, aseguradoras, firmas intermediarias registradas ante la CNV y compañías dedicadas al transporte de caudales, entre otros.

Al respecto, la normativa define la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio. Así, cada contribuyente decide, en el marco de su relación contractual, aceptar la solicitud y aportar sus declaraciones juradas impositivas.

Fuente: Ámbito


Martes, 28 de diciembre de 2021
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