Sociedad Reabren causa por el atentado de Montoneros al comedor de la Policía Federal en 1976  A pedido de un represor condenado y de organizaciones que reivindican el terrorismo de Estado, los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia le ordenaron a la jueza Servini que vuelva a pronunciarse sobre una solicitud de reabrir la investigación sobre la bomba en la Superintendencia de Seguridad Federal en 1976, que tiene como acusados a exintegrantes de Montoneros. Abogados querellantes en causas de lesa humanidad repudiaron el fallo. Un poderoso artefacto explosivo detonó en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal. El saldo fue de 24 personas muertas y más 60 resultaron heridas.
En un intento por reinstalar la Teoría de los Dos Demonios, la justicia reabrió la investigación por el hecho ocurrido el2 de julio de 1976, cuando mediante la colocación de un poderoso artefacto explosivo que detonó en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal fallecieron 24 personas y más 60 resultaron heridas. Son tres jueces designados por Macri que ordenaron reabrir una causa por un ataque de Montoneros en plena dictadura, que ya fue cerrado por todas las instancias judiciales porque está prescripto.
Así, la Cámara Federal porteña dictó la nulidad del fallo de la jueza María Servini que había cerrado el caso por prescripción y ordenó que se investiguen las responsabilidades de los imputados ante posibles violaciones a los derechos humanos y crímenes de lesa humanidad, de acuerdo al pedido de pretensos querellantes.
En su momento se indicó como responsables a Mario Firmenich, Marcelo Kurlat, Horacio Verbitsky, Laura Sofovich, Miguel Ángel Lauletta, Norberto A. Habegger y Lila Victoria Pastoriza; entre otras personas que integraban la Organización Montoneros.
La resolución de la Sala I de la Cámara obliga a seguir investigando. “No se ha considerado el planteo sobre el posible apoyo de Estados y organizaciones extranjeras que tuvieron las personas implicadas”, advirtieron los camaristas Pablo Bertuzzi, Mariano Llorens y Leopoldo Bruglia.
En conclusión, la resolución es inválida porque prescindió considerar cuestiones previas y expresamente introducidas en derredor de la maniobra denunciada, las cuales necesariamente había que merituar para dar una respuesta suficiente en los términos exigidos por la norma antes aludida, indica el fallo.
Los pretensos querellantes (Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, Asociación “Defensores de Derechos Humanos de Latinoamérica” y Eduardo Emilio Kalinec y Alicia de León por su hijo Ernesto Osvaldo Matienzo en su condición de víctimas directas), expusieron los motivos por los cuales requirieron la revocatoria del fallo de la jueza que cerró el caso.
En primer lugar, advirtieron la omisión de tratamiento de argumentos y prueba conducentes incorporados en la denuncia, entre lo que se destacó no abrir la investigación a los efectos de determinar si la organización “Montoneros” efectivamente tuvo apoyo, cuanto menos, de tres Estados extranjeros y organizaciones terroristas islámicas.
Por otro lado, cuestionaron que la decisión fue dictada omitiendo correr vista de la presentación de esa parte al Ministerio Público Fiscal; y que además no se resolvió el planteo subsidiario, para que – ante el caso de que se rechazara la pretensión de juzgamiento -, se desarchive el expediente y se reanude la investigación, con sustento en el derecho a la verdad de las víctimas, sus familiares y la sociedad.
Para la Cámara, la jueza Servini no evaluó “ lo requerido por la parte conforme las aristas que el caso proyecta. Esto, en cuanto a la eventual calificación de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra, con los nuevos elementos propuestos; o un posible caso de grave violación a los derechos humanos”.
Fuente: Chaco día por día
Viernes, 10 de junio de 2022
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