Viernes 22 de Noviembre de 2024 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
 
 
Impositivo
Con las expensas en mano, la AFIP ahora "sale de visita" por los distintos countries y barrios privados
Una vez procesada la información, el organismo de recaudación podrá comparar la superficie de dos propiedades -por ejemplo, de cuatro ambientes- y se analizará el valor declarado por los titulares de dichos inmuebles en Bienes Personales


No es la primera vez. Es más, ya podría asegurarse que uno de los botines más preciados que persigue la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reside en los countries y barrios privados.
Es por ello que a través de una simple reformulación del régimen de información vigente, el organismo de recaudación a cargo de Ricardo Echegaray comenzó a dar pasos firmes en lo que se constituirá en una inminente avanzada sobre estas propiedades.
Puntualmente, a través de la resolución general 3.645 publicada este martes en el Boletín Oficial, el fisco nacional ajustó el procedimiento que obliga a los administradores de consorcios a informar los datos de los propietarios que excedan los $2.000 mensuales de expensas y los 100 metros cuadrados de superficie. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
En el caso de los clubes de campo o countries, con el renovado objetivo de la AFIP, el límite monetario quedó igual, pero se eleva a 400 metros cuadrado el correspondiente a la superficie.
Bajo ese parámetro y como novedad destacada, el organismo de recaudación decidió incorporar como agente de información a los complejos urbanísticos privados (barrios de chacras y barrios náuticos) y complementariamente lanza una nueva versión del aplicativo denominado "AFIP DGI - Régimen Informativo de Pago de Expensas - versión 4.0".
Cabe aclarar, que los cambios introducidos por el fisco nacional rigen para informar las expensas de junio pasado.
El régimen por dentro
En resumen, los datos relevantes a informar que exige la AFIP son los siguientes:
Respecto de los administradores: apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, domicilio fiscal, período a informar y tipo del complejo urbanístico administrado.
Respecto de los ocupantes, propietarios o sujetos obligados al pago de las expensas: carácter, CUIT o CUIL, domicilio del inmueble, superficie total y monto total de expensas abonados durante el período informado.
Una vez procesada la información, el fisco podrá comparar la superficie de dos departamentos, por ejemplo, de cuatro ambientes, y se analizará el valor declarado por los titulares de dichos inmuebles en Bienes Personales. A su vez, los contrastará con los valores de mercado y, de todo este estudio, advertirá las inconsistencias.
Cuestionario polémico
La obsesión por los countries ya tuvo otros capítulos en la historia de la autoridad tributaria. En efecto, a mediados de 2012 circuló un polémico cuestionario que tenía las siguientes preguntas:
1. Quién es el titular de la propiedad y si el que vive es propietario o inquilino.
2. Con quién vive, si tiene familiares o no.
3. Si poseen personal doméstico.
4. Si tiene hijos, a qué colegios van y, si son privados, cuánto pagan.
5. Si son socios de algún club y cuánto abonan de cuota social.
6. Si viajaron al exterior recientemente y si poseen obras de arte, entre otros datos personales.
7. Si el inmueble fue adquirido ya construido o desde el lote, superficie y número de ambientes.
8. Si se cuenta con servicios de personal doméstico "paisajista" o cualquier otro.
9. Si dispone de otro tipo de prestadores de servicios.
10. Si se poseen automóviles, otros inmuebles, embarcaciones, aeronaves.
11. Si hubo movimientos de dinero realizados al extranjero y compra de divisas con fines turísticos.
Tal fue la polémica que, el famoso cuestionario generó el alejamiento de la funcionaria María Gabriela De Castro.
La voz de los expertos
Ante los cambios, Iván Sasovsky, titular de Sasovsky & Asociados, aseguró que "con estos datos, el organismo de recaudación puede cerrar el círculo para cruzarlos con los obtenidos a través de los que aporta el mismo contribuyente (por medio de sus declaraciones juradas) o terceros (mediante regímenes de información), y detectar posibles focos de evasión".
Es que todo lo recolectado por el fisco se acumula a los datos que se obtienen a través de los regímenes de información existentes, tales como cuota de colegios privados, expensas pagadas, servicio doméstico contratado y gastos de tarjeta de crédito, entre otros.
Del mismo modo, Carlos Quian, socio del estudio Harteneck, Quian, Teresa Gómez & Asociados, sostuvo que esta medida "intenta generar un 'aumento del riesgo subjetivo', es decir, que si la información suministrada no se condice con la que el fisco posee en su base de datos, el contribuyente puede ser pasible de inspección y de ajustes".
Raúl Saccani, Gerente Senior de Forensic Services de KPMG, explicó que la AFIP puede llegar a inspeccionar a los contribuyentes una vez que realiza los cruces de información correspondientes.
En este sentido, el experto sostuvo que "a través de estos mecanismos es que van a surgir indicios que le permiten al organismo de recaudación detectar alguna renta no declarada".
Estas operaciones son realizadas por el fisco a nivel de sistemas, ya que cuenta con los ingresos declarados por los contribuyentes, así como también con indicadores de su nivel de gastos en expensas, tarjetas de crédito y hasta el detalle de fondos utilizados para operaciones en bancos y casas de cambio. Esos datos los aportan "terceros".
"De esta manera, estos indicios son los que le dan un puntapié a la AFIP para iniciar una inspección que le posibilitará confirmar o no su sospecha", indicó Saccani, aunque aclaró que "tienen algún grado de selectividad al momento de disparar un operativo, dependiendo de la complejidad del caso".
Incluso, el experto destacó que "los datos recabados no sólo sirven para detonar fiscalizaciones, sino también en el mismo marco de las inspecciones, ya que, por lo general, los inspectores realizan una consulta en la base del organismo para ir bien informados, antes de controlar a los contribuyentes".




Fuente: Iprofesional


Jueves, 17 de julio de 2014
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER