Exportaciones Por una medida de la AFIP se frenó la operatoria en los puertos cerealeros El fisco nacional modificó los protocolos de pesaje y chequeo de mercadería y pasó de utilizar las balanzas electrónicas del INTI a un sistema denominado draft surveys, cálculo que se hace a partir de la lectura de los calados del buque para saber la carga embarcada La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los protocolos de pesaje y chequeo de mercadería para los puertos del Gran Rosario y pasó de utilizar las balanzas electrónicas del INTI a un sistema denominado draft surveys, cálculo que se hace a partir de la lectura de los calados del buque para saber la carga embarcada.
Siempre lo aplicamos, no es ninguna novedad, afirmaron a El Cronista desde la Aduana rosarina.
Aunque es cierto que la AFIP utiliza este sistema desde hace años, desde que se aplicó la resolución 2914/94, lo novedoso radica en que la medición del peso de carga ahora se quiere hacer por cada uno de los permisos de embarque es muy común que un barco cuente con varios permisos porque puede tener diferentes destinos, lo que conspira contra la agilidad que requiere la operatoria de la carga, equivale a mayores costos y aumenta el nivel de imprecisión en las mediciones.
Según explicaron al matutino los exportadores, cada draft demora mínimo dos horas, lo que implica que un buque con seis permisos demoraría, y si no hay diferencia con la balanza, 12 horas.
Además, desde la Cámara de Actividades Marítimas y Portuarias (Capym) explicaron que un error de lectura de solo 1 cm. implica aproximadamente 70 toneladas. En un buque hay que leer 6 calados. Por otro lado es razonable suponer un error de 0,5 cm en más o en menos.
Esta nueva operatoria hizo que ayer, según datos de la Capym, operaran sólo dos buques en Rosario porque tenían un sólo permiso de embarque.
Entre los operadores que ayer prefirieron desaparecer del mercado hay una especie de sensación uniforme: esto forma parte de las acciones de la AFIP para presionar por el cobro a las cerealeras de una deuda de 2008 por alrededor de u$s600 millones, que las compañías desconocen.
La AFIP impuso el 20 de octubre como fecha límite para que las empresas cancelen esa deuda, que nació cuando las firmas declararon ventas por 30,7 millones de toneladas pero demostraron la compra de 6 millones, más la suba de las retenciones y los intereses. iprofesional.com
Martes, 16 de octubre de 2012
|