Martes 22 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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Dólar sin cepo: cuánto se podrá comprar y cómo funcionará el nuevo sistema
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El Congreso vuelve a desafiar al Gobierno: Diputados tratará el criptogate y mejoras para los jubilados
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El Banco Central vendió US$196 millones y perdió en seis días el 30% de lo que llevaba comprado este año
Monotributo social: el Gobierno de Milei dio de baja a más de 400.000 personas
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El patentamiento de motos nuevas subió un 29% en febrero
 
 
Nacionales
En qué consiste la Ley de Abastecimiento
Fue sancionada en 1974 y ahora se impulsan una serie de modificaciones. El objetivo es terminar con los abusos y especulaciones de los sectores concentrados y proteger a usuarios y consumidores.
El gobierno nacional impulsa un nuevo Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, busca la creación del Observatorio de Precios y la modificación de la Ley de Abastecimiento. De las tres iniciativas, la que más polémica generó es la última. Distintos sectores empresariales aseguran que la nueva ley afectaría la actividad productiva y comercial. En esta nota, qué propone la nueva Ley de Abastecimiento.

- Fortalece el control del Estado en materia de abastecimiento de bienes y cumplimiento de los servicios.

- Genera un marco regulatorio para el proceso de formación de precios.

-Autoriza a los gobernadores y a los jefes de Gobierno de Buenos Aires para fijar en sus jurisdicciones precios máximos.

- Alcanza a todas las actividades económicas del país, no sólo a la industrial, sino también a la comercial y de servicios, hasta ramas como el deporte, el esparcimiento y la cultura.

- Incorpora sanciones pecuniarias regidas por el principio de “pague ahora y reclame después”.

- La secretaria de comercio podrá establecer márgenes de utilidad, precios de referencia, niveles máximos y mínimos de precios, volúmenes de producción, fabricación, ventas o prestación de servicios. También disponer de la cancelación de concesiones privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales.

- Las sanciones por incumplimiento van desde multas, clausura, inhabilitación, decomiso y, en caso de reincidencia, clausura definitiva para quienes eleven injustificadamente los precios, revalúen existencias, acaparen materias primas y productos, nieguen o restrinjan arbitrariamente la venta de bienes o una prestación de servicios.

- Las penas económicas son aplicables tanto a las personas jurídicas como a los directivos.

- Quita la pena de cárcel pero eleva las multas hasta $ 10 millones y se autoriza la clausura por un plazo de 90 días.


FUENTE: INFO NEWS


Jueves, 14 de agosto de 2014
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