Sábado 19 de Abril de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
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Comercio Exterior
Echegaray destacó el aval a la AFIP en la demanda sobre derechos de exportación
El administrador federal de Ingresos Públicos consideró un “valioso precedente” el fallo de la Corte Suprema, que reconoció la compatibilidad de los derechos de exportación con el Tratado de Asunción.
El máximo tribunal determinó que ese Tratado no prohíbe a los países miembros del bloque regional establecer derechos de exportación, al fallar en la causa "Whirlpool Puntana SA".

El caso se remonta al momento en que el fisco liquidó tales derechos, con la alícuota del 5% del valor FOB, respecto de permisos de embarque de la compañía con destino a Brasil.

Si bien el Tribunal Fiscal de la Nación confirmó la decisión de la AFIP, la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal revocó posteriormente el pronunciamiento y sostuvo que la aplicación de las retenciones con destino a un país miembro del Mercosur entraba en conflicto con lo normado por el Tratado de Asunción.

Planteado el recurso extraordinario, la Corte Suprema revocó esa sentencia, al entender que no existe norma expresa en el Tratado que prohíba el establecimiento de derechos de exportación.

El máximo tribunal fundamentó su decisión señalando que la "reciprocidad de derechos y obligaciones entre los Estados parte" -establecida en el Tratado de Asunción- no conlleva a concluir que se encuentren limitadas las facultades tributarias de los Estados miembros para que éstos puedan imponer derechos de exportación.

Echegaray -en un artículo que publica hoy el diario “Ambito Financiero”- destaca que la sentencia “se vuelve relevante no sólo desde lo conceptual, sino desde lo práctico”, ya que hasta octubre pasado las exportaciones locales a países miembros del Mercosur fueron el 27% del total de ventas externas, es decir 16.908 millones de dólares.

A su vez, de las operaciones al Mercosur el 71% correspondieron a exportaciones a Brasil y el resto se distribuyó entre Uruguay, Bolivia, Paraguay y Venezuela.

“En definitiva, el decisorio de la Corte Suprema ratificó la soberanía fiscal de nuestro país para poder aplicar derechos de exportación, poniendo fin a un tema clave no sólo para la recaudación tributaria argentina sino fundamentalmente para el proceso de integración regional y el comercio internacional entre los Estados miembros del Mercosur”, concluyó el funcionario.


Viernes, 19 de diciembre de 2014
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