Jueves 3 de Julio de 2025 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
Temas Fiscales - Económicos - Financieros
La pobreza infantil alcanzó en 2024 su mayor nivel desde la crisis de 2001
Inflación en el Gran Resistencia: “La suba estuvo traccionada por salud privada, comunicación y alimentos”
En Argentina, el granero del mundo, el pan de Brasil y España es más barato que el nacional
Cómo pueden ahorrar los jubilados en supermercado DÍA durante junio de 2025
Fuerte caída de la coparticipación por la baja del consumo
La SIDE libertaria: en cinco meses los gastos reservados de inteligencia aumentaron un 254%
Boom de importaciones amenaza a la industria textil: casi el 70% del consumo de ropa ya proviene del exterior
Paraguay baja y Argentina sube el precio de Ia nafta: Ia diferencia ya Ilega al 30% por litro
A la espera de la letra chica, provincias levantan la guardia ante el “super IVA” del Gobierno
ARCA determinó cambios en el régimen de emisión electrónica y concentrará los datos de todos los operadores de granos
El petróleo Brent se desploma hasta 4,6% tras el aumento de producción de la OPEP+
Más de 30 mil empleos industriales perdidos: 2 de cada 3 sub ramas, con menos trabajadores que un año atrás
Jubilaciones: el Gobierno de Milei licúa el bono, que pierde 37% en un año
El Gobierno convoca al Consejo del Salario para definir el sueldo mínimo tras la aceleración de la inflación
Con 9,5 millones de hogares con subsidios de luz, el presidente Milei acordó con el FMI reducirlos
Expectativa por la llegada del primer desembolso del FMI por u$s12.000 millones que reforzarán las reservas
 
 
Legales
El amparo se hizo humo
La Justicia porteña declaró desierto un recurso de apelación interpuesto por una fundación que denunciaba el incumplimiento de la ley que prohíbe fumar en edificios públicos y espacios privados cerrados.
Según el fallo, “no se logró acreditar la existencia de un caso, causa o controversia que permita instar el ejercicio de la jurisdicción”.

La Sala I en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la organización. La decisión fue adoptada en la causa “Fundación Interamericana Del Corazón Argentina contra GCBA, y otros sobre amparo”, por los jueces Mariana Díaz y Fabiana Schafrik.

La institución presentó una acción de amparo colectivo solicitando “frente a la omisión manifiestamente ilegal y arbitraria de dar cabal cumplimiento a la ley de control del tabaco Nº1799, modificada por la ley Nº3718”.

La ley 1.799, y su modificatoria 3.718 estableció la prohibición de fumar en los edificios públicos así como lugares privados -bares, restaurantes, shoppings y cibercafés

En tal sentido, la Fundación manifestó que “a pesar de que la ley había entrado en vigencia en enero de 2012 todavía se consumía tabaco en espacios cerrados tales como discotecas, bares nocturnos, salas de juegos y otros locales y lugares de trabajo cerrados de la Ciudad de Buenos Aires, en violación de la normativa de control de tabaco lo que evidenciaba que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no había tomado las medidas necesarias e idóneas para la efectiva implementación de la ley”.

Por otro lado, alegó que esta circunstancia afectaba “el derecho a la salud de las miles de personas que concurren a los mentados lugares y los derechos a un ambiente laboral sano, a la igualdad y a la no discriminación de las personas que laboran en los establecimientos antes mencionados“.

De esta forma, peticionó que “se intimara a la demandada a tomar las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento efectivo a lo dispuesto en la ley de control de tabaco con el fin resolver la situación de inconstitucionalidad alegada”.

El juez de Primera Instancia resolvió rechazar la demanda, por considerar “la inexistencia de causa o controversia que habilitara la procedencia de la instancia judicial”.

Asimismo, el magistrado sostuvo que la Fundación contaba con otros mecanismos administrativos y judiciales. Por otro lado, destacó que podría haber realizado una denuncia por incumplimiento de los deberes de funcionario público o manifestarlo a la comisión de faltas.

Contra esa decisión la actora interpuso un recurso de apelación, centrando sus agravios en afirmar que ”en autos se pretende resguardar derechos de incidencia colectiva, circunstancia que configura una causa a los fines constitucionales”.

“En particular, el a quo consideró que no se logró acreditar la existencia de un caso, causa o controversia que permita instar el ejercicio de la jurisdicción”, detalló la resolución.

Para los jueces, “la actora en su escrito recursivo […] no logra constituir una crítica específica, concreta y razonada de la resolución de la juez de primera instancia, habida cuenta que la mayoría de las manifestaciones allí plasmadas constituyen una reiteración de los argumentos efectuados al momento de interponer la demanda y el resto no rebate los sólidos fundamentos invocados en la sentencia recurrida”.

Dju
Fundación Interamericana Del Corazón Argentina contra GCBA, y otros sobre amparo





Fuente: DiarioJudicial


Viernes, 20 de febrero de 2015
...

Volver

   
   
 
 
   
  Copyright ©2012
www.TiempoFiscal.com
Todos los derechos reservados
Fundación IEFER