Miércoles 27 de Noviembre de 2024 Resistencia - Chaco
 
 
 
 
 
 
Economia
Expertos advierten que la nueva resolución de la CNV podría distorsionar los estados financieros de Fondos Comunes de Inversión
Las normas contables locales establecen que las inversiones en este tipo de activos se medirán a su valor neto de realización, es decir, a los precios observables en el mercado correspondientes a transacciones no forzadas entre independientes, en las condiciones habituales de negociación
La resolución 646 emitida por la Comisión Nacional de Valores (CNV), publicada este viernes en el Boletín Oficial, establecerá un nuevo criterio de medición para los valores negociables que coticen en el exterior. Estos activos nominados en moneda extranjera deberán medirse utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación (el cual determina diariamente el Banco Central de la República Argentina).
Ahora bien, esta norma de carácter legal impuesta por la CNV a los Fondos Comunes de Inversión no se encuentra en línea con la metodología de medición prevista por las Normas Contables Profesionales vigentes.
Las normas contables locales, por medio de la resolución técnica 17, emitida por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) establece que las inversiones en este tipo de activos se medirán a su valor neto de realización, es decir, a los precios de contado observables en el mercado correspondientes a transacciones no forzadas entre partes independientes, en las condiciones habituales de negociación. En la actualidad, esta medición no considera la utilización del tipo de cambio del Banco de la Nación Argentina (impuesto por la nueva norma de la CNV), debido a que este no es el tipo de cambio al cual se negocian estos valores en el mercado.
Por su parte, y en el mismo sentido, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), también adoptadas por la CNV para las entidades bajo su órbita, establece que este tipo de inversiones, cuando son mantenidas para su negociación en el corto plazo, deben medirse a su valor razonable, el cual surge básicamente de los valores de mercado existentes para ese activo.
Así, la medición contable requerida ahora por la CNV colisionará con el cumplimiento de normas contables profesionales de medición tanto nacionales como internacionales y obligará a los Fondos Comunes de Inversión a registrar en sus Estados Financieros pérdidas significativas con motivo de la menor valuación contable de estos activos requerida por la norma, en comparación con sus mayores valores de mercado.
Para evitar esta situación y no ver disminuida su rentabilidad contable, los Fondos han salido a vender sus posiciones de bonos en dólares, situación que derivó en una baja de cotización del contado con liquidación y de la bolsa.
Si bien no es la primera ocasión en que una norma legal contradice una norma contable, en este caso queda claramente evidenciado que el cambio responde a una necesidad de política económica. Una vez más, cuestiones ajenas a criterios técnicos imponen cambios en los Estados Financieros, por una necesidad política y en detrimento de la utilidad y confiabilidad de la información financiera que deben proveer los mismos. En este nuevo contexto, serán síndicos y auditores externos quienes deberán evaluar el impacto de la misma en los estados financieros al momento de emitir una opinión en sus respectivos informes.
En síntesis, los estados financieros que cumplan con esta nueva norma dispuesta por la CNV estarán en claro conflicto con las normas contables profesionales vigentes, generando diferencias que distorsionarán la razonabilidad de la información contable de publicación y que, en caso de ser significativas, deberán ser identificadas y mencionadas por los auditores externos en los correspondientes informes de auditoría.

Fuente: iprofesional


Sábado, 26 de septiembre de 2015
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