Congreso El proyecto prevé declarar la "emergencia en materia de litigiosidad previsional" El "Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados" busca que el Estado pueda cancelar la deuda que mantiene con alrededor de 2,2 millones de jubilados por mala liquidación de haberes. El "Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados" -la ley ómnibus que el Poder Ejecutivo envió al Congreso para su tratamiento, prevé la declaración de la "Emergencia en materia de litigiosidad previsional" por tres años, para que el Estado pueda cancelar la deuda que mantiene con alrededor de 2,2 millones de jubilados por mala liquidación de haberes.
Los principales puntos de la iniciativa en material previsional son los siguientes:
Para actualizar los pagos: calcular la movilidad hasta el 31 de marzo de 1995 con el Índice Nivel General de las Remuneraciones (I.N.G.R.), y entre el 1° de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006 con el Índice de Salarios, (Indec).
A su vez, para actualizar las remuneraciones consideradas para el cálculo inicial de los haberes jubilatorios, la elaboración de un índice combinado, con la evolución del Índice Nivel General de las Remuneraciones (I.N.G.R.) y del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (R.I.P.T.E.).
En estas condiciones, “el reajuste inmediato de los haberes que vienen percibiendo, permitirá cubrir las necesidades diarias de los beneficiarios y abonar en efectivo los retroactivos a que diere lugar la liquidación incluida en el Acuerdo Transaccional que se suscriba oportunamente, con el pago inmediato del 50% y el resto en cuotas trimestrales ajustables.
Una vez hecho este recálculo de, quienes acepten el plan propuesto por la Anses para el pago de las actualizaciones en los montos jubilatorios deberán firmar un acuerdo. Los que rechacen estos pagos, podrán seguir con su juicio, o iniciarlo en caso de no haberlo hecho.
Como no podrían empezar a cobrar todos los posibles beneficiarios a la vez, se dará prioridad a las personas mayores de 80 años "y a aquellas que padezcan una enfermedad terminal cuyo desarrollo o desenlace pueda frustrar la finalidad" de la ley.
Quienes hayan hecho juicio, recibirán el pago sin quita si el jubilado tiene sentencia al 30 de mayo de este año. En el caso de quienes hayan iniciado una demanda antes del 30 de mayo, se reconocerán retroactivos hasta un máximo de 48 meses, incluyendo los dos años previos al reclamo.
Cuando se cobren retroactivos, el impuesto a las Ganancias será calculado con el criterio de ingresos devengados, es decir, calculando si en cada momento en que el jubilado cobró menos de lo que correspondía, le hubiera tocado tributar si le hubieran abonado lo correcto.
Se prevé tanto las utilidades que genera el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del sistema previsional, como la eventual venta de las acciones de empresas privadas que están en manos del estado, para afrontar los pagos del programa de reparación.
El Programa también prevé la creación de una Pensión Universal para el Adulto Mayor, destinada a quienes tengan 65 años o más y no cuenten con los aportes necesarios para jubilarse.
Será equivalente al 80% del haber mínimo (unos de $ 3900) y será compatible con el trabajo asalariado o autónomo de quien la recibe, para que pueda procurar reunir los requisitos y obtener más tarde una jubilación regular.
Además, se crea un Consejo de Sustentabilidad Previsional para que elabore un proyecto de reforma jubilatoria integral, en un plazo de tres años.
Fuente: Telam Miércoles 01 de junio de 2016. Resistencia, Chaco.
Miércoles, 1 de junio de 2016
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